Avisos DGA
Ref. Notificaciones (Rosario).
(BO 23/01/2018)
ADUANA DE ROSARIO
EDICTO
Rosario, 17 de Enero de 2018.
Desde la Actuación N° 18013-68-2017 SC 247/2017, y habiéndose dictado resolutorio se NOTIFICA a la firma
INDUSTRIAS LAM S.A. CUIT N° 30-69884616-6, la Resolución Fallo N° 1043/2017 (AD ROSA) recaída en los
actuados, que dice: "VISTO:... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: ARTICULO 1°: DECLARAR EXTINGUIDA la acción
penal promovida en autos contra la firma INDUSTRIAS LAM S.A. CUIT N° 30-69884616-6, con domicilio en calle
25 de Mayo N° 832, de la ciudad de Córdoba, Pcia. De Córdoba, y la DESPACHANTE DE ADUANA NIBEYRO
LILIANA EDDY, CUIT N° 27-11975141-7, con domicilio en calle Pueyrredón N° 284, de la ciudad de Rosario, Pcia.
De Santa Fe, atento haber cancelado el importe de la multa por Infracción al Art. 995 del C.A. Suma que asciende
a PESOS UN MIL ($1.000) confrome constancias de autos, y por los motivos expresados en los considerandos;
ello, en los términos de los Art. 930 y 932 del C.A., dejandose expresamente establecido que los antecedentes no
serán registrados. ARTICULO 2°: TENER POR DISTRIBUIDA la multa minima, de conformidad con los lineamientos
del decreto N° 258/99. ARTICULO 3°: Por Sección Sumarios, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE; consentido y/o que
fuere, procedase al levantamiento de la denuncia de autos. Cumplido, y previo a los trámites administrativos
pertinentes. ARCHIVESE.- Fdo. Ing. Agr. Juan Jose Lionello A/ Cargo Div. Aduana de Rosario. Direción Regional
Aduanera Hidrovía. Disp. 93/16 (DI RAHI).
Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.
ADUANA DE ROSARIO
EDICTO
Rosario, 16 de Enero de 2018.
Por ignorarse domicilio se notifica a la firma/ personas que mas abajo se detallan que en las actuaciones que
tramitan por ante esta dependencia abajo citadas, en las que se encuentran involucrados como imputados, se
han dictado Resoluciones Fallos de condena al pago de las multas y comiso de las mercaderías secuestradas,
intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días de notificada la presente bajo
apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado Código, registrándose
el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra las Resoluciones que abajo
se detallan, dictadas por esta Administración podrán interponer, en forma optativa y excluyente, los recursos de
apelación y demanda contenciosa, ante el Tribunal Fiscal de la Nación y la Justicia Federal respectivamente, en el
plazo de quince (15) días a contar desde el día siguiente de la notificación (arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero).
SA52-279/2016 MORALES CINTHIA JANET D.N.I. N° 33.760.652 ART. 987 DEL C.A. RESOL. N° 479/2017
$ 650.395,94
Fdo. Ing. Agr. Juan Jose Lionello A/Cargo Div. Aduana de Rosario, Disp. N° 93/2016 (DI RAHI) Dirección Regional
Aduanera Hidrovía.
Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.