Avisos DGA

Ref. Notificaciones (Santo Tomé) - Procedimientos Legales Aduaneros - Valoración y Comprobación Documental (Ajustes de Valor de Exportación). (BO 13/09/2017)

DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (ART. 1013 INC. "H" CÓD. ADUANERO)
Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio que ha recaído Resolución Fallo en las actuaciones que se detallan, asimismo que contra las resoluciones fallo que se notifican se podrá interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Paso de los Libres (Corrientes), dentro de los quince (15) días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) (art. 1024 del Código Aduanero); cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 ($ 25.000) se podrá interponer en forma optativa y excluyente, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 1025 del Código Aduanero), de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) se podrá interponer la acción prevista en el art. 25 inc. a) de la ley 19.549, dentro del plazo de noventa (90) días de notificada la presente.
SC84 N°
CAUSANTE
IDENTIDAD
INF.ART.C.A.
MULTA
Resol. Fallo AD SATO N° 
APELLIDO Y NOMBRE
LEY 22.415
238-2016/4
LEDESMA ISIDRO A.
32771594
986
$15.172,21
242/17
239-2016/2
FRANZA JORGE RAUL
29800432
986/987
$56.525,21
270/17
240-2016/1
MALAQUIAS MAURO FABIAN
32915474
986
$1.464.345,08
225/17
241-2016/K
CUGUEJO RIVAROLA MARCOS
95320866
986/987
$19.063,86
274/17
267,2016/0
GAUNA OSMAR ENRIQUE
20459790
986/987
$31.779,96
226/17
276-2016/0
PORTILLO ORTIZ CRISTIAN
34753226
986
$13.969,70
265/17
283-2016/4
GOMEZ JOSE LUIS
24965641
986
$12.635,64
240/17
284-2016/2
DICO QUEVEDO EDILBERTO
20678573
986
$113.967,36
264/17
295-2016/9
THIOUB OUMAR
95156860
986/987
$100.361,45
273/17
296-2016/7
TNIAM ASSANE
PAS 01252213
986
$150.542,24
243/17
300-2016/7
BASSANTE LUIS ANDRE
CIBR753059096
986
$9.746,22
229/17
367-2016/9
EL HADJI SENE
95137521
987
$194.415,25
272/17
SANTO TOMÉ, 25 JULIO DE 2017
Juan A. Enrique, Administrador, Aduana Santo Tomé.


DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (ART. 1013 INC. "H" CÓD. ADUANERO)
Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio que ha recaído Resolución Fallo en las actuaciones que se detallan, asimismo que contra las resoluciones fallo que se notifican se podrá interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Paso de los Libres (Corrientes), dentro de los quince (15) días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) (art. 1024 del Código Aduanero); cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 ($ 25.000) se podrá interponer en forma optativa y excluyente, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 1025 del Código Aduanero), de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) se podrá interponer la acción prevista en el art. 25 inc. a) de la ley 19.549, dentro del plazo de noventa (90) días de notificada la presente.
SC84 N°
CAUSANTE
IDENTIDAD
INF.ART.C.A.
MULTA
Resol. Fallo AD SATO N° 
APELLIDO Y NOMBRE
LEY 22.415
211-2011/4
AUTORES IGNORADOS
----------
947
---------
253/17
460-2012/1
BEDINOTE DOS SANTOS F.
CIBR3064055101
977
$2.880,00
R.016/17
494-2012/4
MORAES JOAO PAULO
94618388
977
$1.200,00
R.017/17
518-2012/K
GLOBAL TRADE S.R.L
30708207248
954 inc a)
$768,96
188/17
26-2014/8
GONCALVEZ HENRIQUE
CIBR9057915796
986
$19.783,00
251/17
27-2014/5
ZILONI GABRIEL FABIAN
28592514
986
$10.454,56
245/17
30-2014/7
YU SUMG GEUN
94218586
986/987
$98.705,76
237/17
51-2014/1
MALENQUE RICARDO HERNAN
36000734
986/987
$32.969,80
248/17
22-2015/3
SANCHEZ JOSE ARIEL
28512776
986/987
$4.430,95
R,029/17
175-2015/6
DRAHANCHUK CINTIA R.
31361689
986/987
$34.434,08
207/17
32-2016/K
SAIN PEDRO
16966206
986
$51.429,11
246/17
49-2016/4
VILLANUEVA JULIO O.
17388645
986
$94.625,24
232/17
80-2016/3
VERA ANGEL ROLANDO
13892097
986/987
$5.169,42
R.023/17
127-2016/K
MEDINA MIRTA ROSANA
27588104
986
$141.084,74
228/17
131-2016/3
MIÑO WALTER JAVIER
39519640
987
$5.179,40
R.025/17
166-2016/4
LANGELOTTI PABLO CESAR
27880830
986/987
$36.068,86
200/17
235-2016/K
SCALONI HECTOR HUGO
16163792
986
$26.157,24
224/17
SANTO TOMÉ, 08 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Juan A. Enrique, Administrador, Aduana Santo Tomé.


DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog. Marcos Mazza - Jefe División Secretaría N° 2- Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
IMPUTADO
INFRACCION
MULTA
TRIBUTOS
ACTA
12181-2661-2005
LE CHANU LESLIE MICHAEL (PAS N° PC559708) EL SURCO CIA DE SEGUROS S.A. (GARANTE PÓLIZA N° 7296)
970
$ 22320 y abandono de la mercadería o multa sustitutiva del comiso$175067,01
U$$ 7922,22 $35704,45
Imp Temp Obj transp. como Equipaje N° 12181-2661-2005
Mariana E. Assef, Firma Responsable (Int.) Depto. Procedimientos Legales Aduaneros (DI LEGA).


DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog. Marcos Mazza - Jefe División Secretaría N°2- Depto Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
IMPUTADO
INFRACCION
MULTA
TRIBUTOS
ACTA
12181-837-2006
PFÄFFLI MATHIAS (PAS N° F2568938)
970
$ 9468 y abandono de la mercadería o multa sustitutiva del comiso $130136,89
U$$ 5749,53 $26553,17
Imp Temp Obj transp como Equipaje N° 351222/01
Marcos M. Mazza, Jefe División (Int.) Secretaría N° 2 (DE PRLA).


DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DV SEC2
REF. NOTA N° 16/2017 (DV SEC)
Código Aduanero (Ley 22.415: arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se citan a las personas que mas abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 970 del C.A., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional -en caso de corresponder- producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.) Asimismo, se hace saber que el importe de los tributos correspondientes a la mercadería en trato ascienden a los importes abajo citados, intimando a su cancelación en los términos del artículo 794 y cc. del Código Aduanero. Fdo.: Abog. MARCOS M. MAZZA, Jefe División (Int.) Secretaría N° 2. (DE PRLA)-
EXPEDIENTE
IMPUTADO
INFRACCION
MULTA
TRIBUTOS
ACTA
12181-837-2006
PFÄFFLI MATHIAS (PAS N° F2568938)
970
$ 9468 y abandono de la mercadería o multa sustitutiva del comiso $130136,89
U$$ 5749,53 $26553,17
Imp Temp Obj transp como Equipaje N° 351222/01
Marcos M. Mazza, Jefe División (Int.) Secretaría N° 2 (DE PRLA).


DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
Ajuste de Valor de Exportación R.G. 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de preajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. e) del C.A.
Informe Técnico N° 15/2017 (SE CLSU)
Mercadería: HABAS (POROTOS, FRIJOLES, FREJOLES)* DE SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.
- LOS DEMAS
DESACTIVADA (Posición Arancelaria 1201.90.00.110B)
Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.

Exportador: G M C S.A. - CUIT: 30-70813845-9

Destinación
Cantidad en TN
Monto FOB en U$S declarado
Base imponible en U$S declarada
% Derechos de Exportación
Base imponible en U$S Ajustada
% de Ajuste
Diferencia Ajustada en U$S Cargo
Posicion Arancelaria
12038EC01032183K
56,42
32.441,50
24.030,71
35,00
28.661,36
-
1.534,27
1201.90.00.110B
12038EC01028908U
55,78
32.073,50
23.758,12
35,00
30.288,54
-
2.285,65
1201.90.00.110B
12038EC01031283K
55,30
32.619,26
24.162,39
35,00
30.027,90
-
2.052,93
1201.90.00.110B
13017EC01005178M
113,98
54.710,40
40.526,18
35,00
62.233,08
-
7.597,42
1201.90.00.110B
13017EC01006058K
114,00
54.720,00
40.533,29
35,00
60.876,00
-
7.119,95
1201.90.00.110B
13017EC01006052E
114,00
54.720,00
40.533,29
35,00
60.876,00
-
7.119,95
1201.90.00.110B
14017EC01003025C
57,00
26.790,00
19.844,43
35,00
28.728,00
-
3.109,25
1201.90.00.110B
14017EC01003024B
57,00
26.790,00
19.844,43
35,00
28.728,00
-
3.109,25
1201.90.00.110B

Intervino: Contador Hugo Alberto Vega, Jefe (Int.) Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos, Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.) División Cereales, Oleaginosas, subproductos y Pesca.

Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.).


DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
Ajuste de Valor de Exportación R.G. 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de preajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. e) del C.A.
Informe Técnico N° 16/2017 (SE CLSU)
Mercadería: HABAS (POROTOS, FRIJOLES, FREJOLES)* DE SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.
- LOS DEMAS
DESACTIVADA (Posición Arancelaria 1201.90.00.110B)
Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.

Exportador: ISURZA JUAN CARLOS - CUIT: 20-17133973-2

Destinación
Cantidad en TN
Monto FOB en U$S declarado
Base imponible en U$S declarada
% Derechos de Exportación
Base imponible en U$S Ajustada
% de Ajuste
Diferencia Ajustada en U$S Cargo
Posicion
Arancelaria
14038EC01021260G
84,12
34.236,84
25.360,63
35,00
38.106,36
-
4.461,01
1201.90.00.110B
14038EC01022519Y
142,50
57.997,50
42.961,13
35,00
65.407,50
-
7.856,23
1201.90.00.110B
14038EC01025000C
140,84
64.082,20
47.468,25
35,00
64.645,56
-
6.012,06
1201.90.00.110B
15038EC01003152H
140,12
63.894,72
47.329,37
35,00
62.633,64
-
5.356,49
1201.90.00.110B
15038EC01003444L
139,80
63.748,80
47.221,29
35,00
62.490,60
-
5.344,26
1201.90.00.110B
15038EC01004886W
85,50
38.988,00
28.879,97
35,00
38.304,00
-
3.298,41
1201.90.00.110B
15038EC01004478T
142,24
64.861,44
48.045,46
35,00
52.202,08
-
1.454,82
1201.90.00.110B

Intervino: Contador Hugo Alberto Vega, Jefe (Int.) Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos, Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.) División Cereales, Oleaginosas, subproductos y Pesca.

Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.).


DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
Ajuste de Valor de Exportación R.G. 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de preajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. e) del C.A.
Informe Técnico N° 18/2017 (SE CLSU)
Mercadería: HABAS (POROTOS, FRIJOLES, FREJOLES)* DE SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.
- LOS DEMAS
DESACTIVADA (Posición Arancelaria 1201.90.00.110B)
Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.

Exportador: CEREALES VICMAR S.A. - CUIT: 30-70959564-0

Destinación
Cantidad en TN
Monto FOB en
U$S declarado
Base imponible en U$S declarada
% Derechos de Exportación
Base imponible en U$S Ajustada
% de Ajuste
Diferencia Ajustada en U$S Cargo
Posicion Arancelaria
14038EC01003704J
56,84
22.736,00
16.841,46
35,00
31.318,84
-
5.067,08
1201.90.00.110B
14038EC01005735P
28,30
11.320,00
8.385,18
35,00
14.687,70
-
2.205,88
1201.90.00.110B
14038EC01008356R
28,50
11.970,00
8.866,66
35,00
15.304,50
-
2.253,24
1201.90.00.110B
14038EC01009143M
28,50
11.970,00
8.866,66
35,00
15.019,50
-
2.153,49
1201.90.00.110B
14038EC01001749Z
57,00
22.800,00
16.888,87
35,00
29.697,00
-
4.482,85
1201.90.00.110B
14038EC01005939V
28,36
11.344,00
8.402,95
35,00
14.718,84
-
2.210,56
1201.90.00.110B
14038EC01008296U
27,68
11.625,60
8.611,55
35,00
14.725,76
-
2.139,97
1201.90.00.110B
14038EC01009405N
28,50
11.970,00
8.866,66
35,00
15.048,00
-
2.163,47
1201.90.00.110B
14038EC01010304D
28,50
11.970,00
8.866,66
35,00
15.105,00
-
2.183,42
1201.90.00.110B
14038EC01011404F
28,50
11.970,00
8.866,66
35,00
15.333,00
-
2.263,22
1201.90.00.110B

Intervino: Contador Hugo Alberto Vega, Jefe (Int.) Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos, Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.) División Cereales, Oleaginosas, subproductos y Pesca.

Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.).


DIRECCIÓN DE VALORACIÓN Y COMPROBACIÓN DOCUMENTAL
Ajuste de Valor de Exportación R.G. 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Listado de preajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. e) del C.A.
Informe Técnico N° 17/2017 (SE CLSU)
Mercadería: HABAS (POROTOS, FRIJOLES, FREJOLES)* DE SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS.
- LOS DEMAS
DESACTIVADA (Posición Arancelaria 1201.90.00.110B)
Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.

Exportador: NORTEX ALIMENTOS S.R.L. - CUIT: 30-71224057-8

Destinación
Cantidad en TN
Monto FOB en U$S declarado
Base imponible en U$S declarada
% Derechos de Exportación
Base imponible en U$S Ajustada
% de Ajuste
Diferencia Ajustada en U$S Cargo
Posicion Arancelaria
15038EC01007476U
252,40
109.794,00
81.328,81
35,00
90.864,00
-
3.337,32
1201.90.00.110B
15088EC01003194S
285,00
123.975,00
91.833,24
35,00
105.165,00
-
4.666,12
1201.90.00.110B

Intervino: Contador Hugo Alberto Vega, Jefe (Int.) Sección Cereales, Oleaginosas y Subproductos, Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.) División Cereales, Oleaginosas, subproductos y Pesca.

Valeria Alejandra Pavesi, Jefe (Int.).