La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los
procedimientos para la autorización del trámite de libramiento a plaza
de las destinaciones definitivas de importación para consumo, en las que
se invoquen ventajas impositivas, a través de la resolución general
4628/2019 publicada en el Boletín Oficial.
La misma precisó que con la autorización mencionada, el interesado debe
presentarse ante el Servicio Aduanero, a fin de efectuar el libramiento
físico de la mercadería y proseguir con los trámites de desaduanamiento
correspondientes.
También indicó que durante la tramitación del procedimiento descripto,
los importadores a los efectos de solicitar el beneficio impositivo,
entre otros, debe presentar la factura emitida por el proveedor del
exterior.
Asimismo se dispuso que en los casos de transferencia o cesión del
derecho a disponer jurídicamente de la mercadería con motivo de una
compraventa efectuada en el territorio aduanero con anterioridad a su
importación o a su reembarco, deberá ser facturada de acuerdo con el
régimen de emisión de comprobantes vigente. (Télam)
Despachantes Argentinos
“Despachantes de Aduana al servicio de los colegas”
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