Avisos DGA

Ref. Notificaciones (Bernardo de Irigoyen, Gualeguaychú, Oberá, Posadas) - Sumarios (Caleta Olivia, Formosa, Gualeguaychú, Iguazú) - Rezagos (Gualeguaychú).
(BO 17/11/2203)

ADUANA BERNARDO DE IRIGOYEN
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (ART. 1013 INC. H) CÓDIGO ADUANERO
Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan y/o por encontrarse en el extranjero, se les notifica por este medio que ha recaído Resolución Fallo en las actuaciones que se detallan, asimismo que contra las mismas, se podrá interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Eldorado – Misiones, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) (art. 1024 del Código Aduanero); cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 ($ 25.000) se podrá interponer en forma optativa y excluyente, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Eldorado o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 1025 del Código Aduanero), de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) se podrá interponer la acción prevista en el art.25 inc. a) de la Ley 19.549, dentro del plazo de noventa (90) días de notificada la presente. Fdo. Marcelo Gabriel Bulacio Administrador Aduana de Bernardo de Irigoyen – Pcia. de Mnes. 15 de noviembre de 2023.-
SC82 N.º
INTERESADO
CUIT/DNI/CI
NRO
INFRACCION C.A.
CONDENA
MULTA/TRIB
RESOLUCION
NUMERO
APELLIDO y NOMBRE
145-2019/8
SANTA CATHARINA FERNANDO ADRI
5.625.400
947
$170.000,00
RES.2023-90
231-2019/K
DIAZ LEAL MARCOS
11.059.090
987
$16.115,17
22/2022
28-2023/8
CHAMORRO ADRIAN OSCAR
33.356.309
987
$243.936,00
RES.2023-45
Marcelo Gabriel Bulacio, Administrador de Aduana.

ADUANA CALETA OLIVIA
VISTO los términos de la Actuación N° 17632-4-2023, CÓRRASE VISTA al Sr. César Enrique SAIGG PAVEZ, C.I. (Chilena) Nº 15.683.685-0, cuyo domicilio se desconoce, como presunto responsable de la comisión de la infracción prevista y penada en el Artículo N° 970 del Código Aduanero, con motivo de no haber retornado a Chile el vehículo marca Chevrolet, modelo B10, Chasis Nro. 005389, Motor Nro. 7JI116EG03, año de fabricación 1988, Dominio FY7347-8, que había ingresado al país por el Paso Internacional río Jeinimeni el día 14 de Octubre de 2022, para que dentro de DIEZ (10) días de notificado de la presente vista, aporte su defensa en el Sumario Contencioso instruido, presente la documentación que considere en su favor y, si no la tuviere, la individualice indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (Art. 1101 del Código Aduanero).
El presunto responsable debidamente notificado que no compareciere en el plazo acordado, será declarado REBELDE y el procedimiento seguirá su curso aún sin su intervención (Art. 1105 C.A.). ASIMISMO SE HACE SABER: 1) Que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en la misma, donde quedará notificado de Resoluciones y Providencias que en adelante se dicten (Art. 1004 y 1031 inc g C.A.); 2) Que el plazo arriba indicado se ve ampliado en un (1) día por cada 200 km o fracción mayor o igual a 100 km (Art. 1036 C.A.) 3) Que es obligatorio el patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.); 4) Que en caso de presentarse a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar la personería invocada (art. 1030, 1031, 1032, y 1033 del C.A.); 5) Que Si antes del vencimiento del plazo acordado deposita en autos la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 78/100 ($ 645.740,78) en concepto de multa mínima, podrá acogerse a los beneficios previstos en el Art. 930 concordante con el art. 932 del Código Aduanero. NOTIFÍQUESE.
Maria Jimena Castillo, Administradora de Aduana.

ADUANA FORMOSA
Se citan a las personas detalladas en planilla más abajo para que, dentro de los diez (10) días hábiles de publicado el presente, comparezcan en los respectivos Sumarios Contenciosos a presentar sus defensas y ofrecer todas las pruebas y acompañar la documental que estuvieren en su poder y/o su individualización, indicando su contenido, el lugar y/o la persona en cuyo poder se encontrare, por infracción a los Arts. 874-947-985-986 y 987 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), según el encuadre dado, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía (Art. 1105 C.A.).
Además deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana de Formosa (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en sede de esta División (Art. 1004 del C. A.) sita en calle Brandsen Nº 459 de la ciudad de Formosa, provincia homónima. Al mismo tiempo, de optar por acogerse a los beneficios establecidos por los Arts. 930 y 932 del Código de rito, deberá proceder en el término fijado precedentemente, al pago del monto mínimo de la multa, la cuál es de figuración en planilla abajo detallada. Asimismo y teniendo en cuenta que la permanencia en depósito de las mercaderías secuestradas en autos implica peligro para su conservación, se hace saber a los interesados que se detallan, que esta División procederá en un plazo no inferior de diez (10) días de notificado, a obrar conforme las Leyes 22415 y/ó 25603, manteniéndose lo recaudado en la Cuenta Administración a los fines pertinentes según corresponda, y la destrucción de aquellas mercaderías que por su naturaleza intrínseca, no sea factible su permanencia en depósito atento a que implica peligro para su inalterabilidad y para la mercaderías contiguas, conforme lo dispuesto por el Art. 448 de la Ley 22415. FIRMADO: MARIO VICTOR FIGUEROA A/C ADUANA FORMOSA.
Mario Victor Figueroa, Consejero Técnico.
ANEXO

ADUANA GUALEGUAYCHÚ
La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS comunica mediante el presente, en los términos de los artículos 1° y 2° de la Ley 25.603, por el plazo de (01) día a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación debajo de detalla, que podrán solicitar respecto de ella, mediante presentación, alguna destinación autorizada dentro de los 30 (treinta) días corridos contados desde de la publicación del presente en los términos del artículo 417° y siguientes del CA (Ley 22.415) bajo apercibimiento de declarar abandonada a favor del Estado según los términos del artículo 421° del CA (Ley 22.415), ello sin perjuicio del pago de las multas y/o tributos que pudieran corresponder. A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Gualeguaychú sita en Avda. del Valle N° 275 de la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.
ACTA Nº
FECHA
MERCADERÍAS
049/2023
14/09/2023
Bebidas alcohólicas.
050/2023
14/09/2023
Bebidas alcohólicas, desodorantes.
048/2023
14/09/2023
Bebidas alcohólicas.
016/2023
05/10/2023
Cubiertas para karting.
037/2023
10/08/2023
Bomba de vacío, destilador con accesorios.
042/2023
28/08/2023
Anteojos con cajas de vinilo, fundas y colgantes, Cajas de cartón.
080/2023
14/11/2023
Bebidas alcohólicas, energizante, prendas de vestir, articulos de higiene personal, insecticidas.
Gustavo Javier Falcon, Administrador de Aduana.

ADUANA GUALEGUAYCHÚ
Se hace saber que se ha dictado Resolución en las actuaciones mencionadas mas abajo, referentes a procedimientos realizados por personal de Gendarmería Nacional en Ruta y por Agentes de ésta Aduana en el A.C.I. (Área de Control Integrado) del Puente Internacional Libertador Gral. San Martín, donde se procedió a interdictar mercaderías en infracción a las normativas aduaneras. Así mismo se hace saber a los/las causantes que podrán interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal o recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente al de la publicación de la presente, caso en el cual debe comunicarse dicha circunstancia a ésta Aduana, en los términos del Art. 1132 2a ap. y 1138 del Código Aduanero.-
DENUNCIA
ENCARTADO
FECHA
RESOL. Nº
026-SC-150-2023/2
ZABALA Yanina Isabel – DNI 39.526.611
11/09/2023
278/2023
026-SC-63-2023/3
BARBEITO MERENS Ruben – DNI 92.324.209
21/09/2023
309/2023
026-SC-63-2023/3
ARIAS Beatriz Cecilia – DNI 17.780.161
21/09/2023
309/2023
026-SC-184-2023/K
GOMEZ Dario Nolberto – DNI 32.558.528
15/11/2023
354/2023
026-SC-213-2023/2
TABAREZ Rafaél Eduardo – CI (Uru) 3.128.207-3
15/11/2023
353/2023
026-SC-213-2023/2
MACHI TABAREZ Luis Miguel – CI (Uru) 5.173.674-1
15/11/2023
353/2023
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
Firmado: Lic. Gustavo Javier Falcón – Administrador Aduana Gualeguaychú – Aduana Gualeguaychú, sita en Av.
Del Valle 275 de Gualeguaychú, Entre Ríos, Tel. 03446-426263.
Gustavo Javier Falcon, Administrador de Aduana.

ADUANA GUALEGUAYCHÚ
Se convoca a las siguientes personas para que evacuen su defensa y ofrezcan las pruebas conducentes de acuerdo a lo previsto en el art. 1101 y cc de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de lo determinado por el art. 1105 del citado texto legal, imputándose las infracciones previstas y penadas en los arts. abajo mencionados de la Ley 22.415, en los siguientes sumarios contenciosos correspondientes a diferentes procedimientos competencia de esta aduana; se ha dictado la CORRIDA DE VISTA, donde se hace saber el pago mínimo de la multa que pudiera corresponder por el hecho que se trata, así mismo se comunica que en caso de allanarse al pago de la multa mínima prevista dentro de los 10 (diez) días hábiles de publicada la presente podrá acogerse a los beneficios de los arts. 930/932 de la Ley 22.415. Se le recuerda que siempre que se planteen o debatan cuestiones jurídicas sera obligatorio el patrocinio letrado – art. 1034 (Ley 22.415) – así mismo en la primera presentación deberá constituir domicilio en el radio urbano de las oficinas de ésta aduana – art 1001 de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de quedar constituido en ésta oficina aduanera – art 1004 del mismo texto legal. Se informa que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los art.1030, cc de la Ley 22.415.-
DENUNCIA
ENCARTADO
INFRACCION
MULTA MINIMA
TRIBUTOS
026-SC-243-2023/7
MANARIO SA – ROL (Urug.) 212245060010
Art. 962
$ 94.486,50
- - - - - -
026-SC-202-2023/0
DIAZ MARTINEZ Juan César – CIU4.680.496-9
Art. 979
$ 293.300,00
- - - - - -
026-SC-209-2023/3
SIRI QUINTANA Julio Daniel – CIU 4.076.293-3
Art. 979
$ 77.022,00
- - - - - -
026-SC-218-2023/3
AQUINO Julio – DNI 16.577.947
Art. 987
$ 555.083,36
U$S 2.962,37
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
Firmado: Lic. Gustavo Javier Falcon – Administrador Aduana Gualeguaychú – Aduana Gualeguaychú, sita en Av.
Del Valle 275, Gualeguaychú, Entre Ríos, Tel. 03446-426263.

ADUANA IGUAZÚ
Se hace saber a los interesados de las Actuaciones que se detallan a continuación, que se ha ordenado notificarles lo siguientes: “IGUAZÚ... VISTO: La instrucción de los Sumarios Contenciosos y atento el estado de los mismos, CÓRRASE VISTA..., cítese a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (10) diez días hábiles, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos, a presentar defensa y ofrecer pruebas que hagan a sus dichos y acompañen la documental que estuvieren en su poder. Si no la tuvieren, la individualizarán indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontraren (art.1101 C.A.), todo ello bajo apercibimiento de ser declarados REBELDES (art. 1105 C.A.). Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento (Art.1004, 1005 y 1013 inc.g} del C.A). En caso de comparecer por interpósita persona, deberán hacerlo en los términos del art. 1030 del C.A. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (art.1034 C.A.). Que atento a la infracción que se les imputa, tienen el derecho de gozar de lo beneficios establecidos en el Art. 930/931 del C.A., abonando antes del vencimiento del plazo para contestar esta vista el mínimo de la multa prevista para la citada infracción, podrán hacerlo mediante: deposito a la Cuenta única de Recaudación Nº 3601 o Volante Electrónico de Pagos (VEP), debiendo comunicar dicho pago, a esta Aduana de Iguazú, sita en la Av. Hipólito Irigoyen Nº 851 (Zona Franca) Puerto Iguazú – Misiones (C.P. 3370). Utilizando este beneficio, en la forma señalada precedentemente se tendrán por concluidas las presentes actuaciones y no se registrarán antecedentes (Art. 932 del C.A.). Fdo.: Administrador de la Aduana de Iguazú, Abogado ACEVEDO EDUARDO HORACIO.
SUMARIOS Nº
IMPUTADO/S:
DOCUMENTO
ART. C.A.
MULTA $
029-SC 097-2023/4
ALDERETE DE ANGELO MAURICIO
DNI. Nº 35.008.032
947
$643.039,20
029-SC 113-2023/9
FELAU ESTEBAN ARIEL
DNI. Nº 27.477.080
986/987
$441.982,74
029-SC 114-2023/7
LOPEZ MARCELO JAVIER
DNI. Nº 24.954.278
986/987
$949.919,89
029-SC 115-2023/5
DOS SANTOS NILDO ANGENOR
DNI. Nº 39.526.529
986/987
$537.313,76
029-SC 123-2023/7
PAREDES AVALOS RUBEN DAVID
DNI. Nº 95.465.757
947
$328.856,84
029-SC 124-2023/5
RICHARD ZAGATTO XAVIER
CI. (Br) Nº 32.885.561-3
977
$388.993,74
029-SC 125-2023/3
CHAMORRO ALEJANDRO MARTIN
DNI. Nº 29.632.976
979
$658.000,00
029-SC 129-2023/1
GONZALEZ ENZO LUIS
DNI. Nº 41.934.766
986/987
$434.740,29
029-SC 130-2023/0
ALDAVEZ MATIAS GERMAN
DNI. Nº 35.007.846
986/987
$375.231,49
029-SC 132-2023/7
AYALA JORGE OSVALDO
DNI. Nº 13.728.879
986/987
$1.407.214,74
029-SC 134-2023/3
BRITEZ DANIEL ALBERTO
DNI. Nº 20.120.001
986/987
$872.262,72
029-SC 135-2023/1
FELIPE JOSE GERARDO
DNI. Nº 33.323.957
986/987
$1.827.509,17
029-SC 136-2023/K
MOLINAS MARCOS EZEQUIEL
DNI. Nº 35.007.832
986/987
$585.498,67
029-SC 137-2023/8
VILLALBA JUAN EZEQUIEL
DNI. Nº 39.346.511
986/987
$1.366.010,16
029-SC 138-2023/1
QUIÑONES JONATHAN ALEJANDRO
DNI. Nº 41.155.905
986/987
$5.259.658,21
029-SC 146-2023/8
FALL PAPE
PAS(SEN) 10819771010
986/987
$595.257,31
029-SC 147-2023/1
DIOP SAYE
PAS(SEN) 20319780308
986/987
$506.345,46
Eduardo Horacio Acevedo, Administrador de Aduana.

ADUANA OBERÁ
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (ART. 1013 INC.“H” COD. ADUANERO)
Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan y/o por encontrarse en el extranjero, se les notifica por este medio que han recaído Resolución/Fallo en las actuaciones en las que encuentran involucradas, asimismo se les informa que contra las dichos actos jurídicos que se notifican se podrá interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Oberá, Misiones, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) (art. 1024 del Código Aduanero); cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 ($ 25.000) se podrá interponer en forma optativa y excluyente, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Oberá Misiones o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 1025 del Código Aduanero), de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) se podrá interponer la acción prevista en el art. 25 inc. a) de la ley 19.549, dentro del plazo de noventa (90) días de notificada la presente. Fdo. Contadora Claudia ANDRUSYZSYN Administradora de la División Aduana de Oberá.
SC86 N°
CAUSANTE
INF.ART.C.A. LEY 22.415
MULTA
FALLO AD OBER?
NOMBRE Y APELLIDO
TIPO DOC.

3-2023/3
SANTIAGO SAMUEL DE CAMPO
DNI
39.228.260
986/9887
380.226,54
RESOL-2023-236
7-2023/1
GUSTAVO ANTONIO RODRÍGUEZ
DNI
32.664.204
985
54.780,30
RESOL-2023-150
14-2023/K
DIEGO ORLANDO GONZÁLEZ
DNI
26.851.917
985
194.209,76
RESOL-2023-257
14-2023/K
FRANCO NAHUEL FERNÁNDEZ
DNI
41.692.138
985
194.209,76
RESOL-2023-257
49-2023/4
MARCOS JULIÁN FLEITAS
DNI
40.340.072
987
201.954,78
RESOL-2023-191
64-2023/K
SANTIAGO SAMUEL DE CAMPO
DNI
39.228.260
986/987
910.664,82
RESOL-2023-232
79-2023/9
PABLO NICOLÁS BRIZUELA
DNI
38.139.165
987
480.899,22
RESOL-2023-281
90-2023/1
PABLO NICOLÁS BRIZUELA
DNI
38.139.165
987
133.997,01
RESOL-2023-277
93-2023/6
JUNIOR HENRIQUE LOPES
CI (BR)
1.076.932.373
977
806.153,76
RESOL-2023-282
284-2022/4
PATRICIO JOAO GÓMES
DNI
92.289.155
970
447.542,63
RESOL-2023-118
Claudia Karina Andrusyzsyn, Administradora de Aduana.

ADUANA POSADAS
Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaído Fallos de condena al pago de las multas referidas supra y/o al comiso -en caso de corresponder art. 871-874-947-970-977-986-987 del C.A.- de las mercaderías oportunamente secuestradas, por la comisión de la infracción mencionada para cada caso, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra el referido Fallo podrán interponer Demanda Contenciosa y/o Recurso de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (art. 1132 y 1133 C.A.).
SUMARIO SC46-
IMPUTADO
DOCUMENTO
MULTA
FALLO N°
ART.
852-2022/K
FRITZ CARLOS JAVIER
DNI 35839304
$ 6.332.586,16
829/2023
874
1621-2021/5
LEGUIZA ANIBAL RICARDO
DNI 10335269
$ 395.397,20
808/2023
947
307-2023/1
CABRERA QUIÑONES LUCAS GABRIEL
CIP 4182821
$ 452.516,88
883/2023
970
1827-2022/8
LOPEZ OSORIO MIRIAN RAQUEL
CIP 4546194
$ 106.947,10
881/2023
987
496-2023/0
RODRIGUEZ OCAMPO FERNANDO JOSÉ
CIP 5714623
$ 1.523.795,00
887/2023
970
1378-2022/6
MILEWSKI OSCAR ORLANDO
DNI 37106847
$ 86.735,36
811/2022
947
7-2023/3
MAIDANA BARRETO SERGIO RAMÓN
CIP 1556436
$ 403.336,81
875/2023
970
1266-2021/6
GONZALEZ HUGO ORLANDO
DNI 30707893
$ 6.083.238,24
830/2023
874
1679-2021/0
JEREZ GUSTAVO MARCELO
DNI 30064137
$ 42.009,66
832/2023
947
727-2019/7
VEGA PABLO ELIGIO
DNI 32228450
$ 37.207,50
214/2020
977
1221-2022/0
SCHUMAN MATÍAS MIGUEL
CIP 1523607
$ 2.391.801,12
828/2023
987
1221-2022/0
SCHUMAN YEZA SIMEONA
CIP1940357
$ 2.391.801,12
828/2023
987
1221-2022/0
SOSA JUAN MANUEL
DNI 31456978
$ 2.391.801,12
828/2023
987
56-2023/K
MOLINA FRANCO IVÁN
DNI 37034455
$ 7.280.000,00
853/2023
871
945-2021/6
FAICHT RAMÓN FERMÍN
DNI 28957782
$ 3.848.544,55
806/2023
874
490-2023/1
SANCHEZ ZARZA ALEJANDRO
CIP 6177112
$ 1.922.051,38
892/2023
970
173-2023/K
ARRÚA ADORNO DIEGO ARMANDO
DNI 94680833
$ 12.693.721,20
831/2023
986-987
Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.