Mininterio de Agricultura - Edicto

Ref. Cuota Hilton - Caso fortuito o fuerza mayor.
(BO 23/03/2018)

DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
EDICTO
El Ministerio de Agroindustria, a través de la Dirección de Gestión Documental, con domicilio en Avenida Paseo Colon 982 Planta Baja Oficina 41 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica, a través del Boletín Oficial de la República Argentina, durante 3 días consecutivos conforme al artículo 42 del Decreto Reglamentario 1759/72 T.O. 2017 a la AGRUPACION DE PRODUCTORES ULSA A.C.E CUIT 30-70988287-9 EXP. N°S05:0013284/2017 (EXP. N° S01:0222446/2015), de la RESOLUCION-2018-15-APN-MA de fecha 20 de Febrero 2018, la que se transcribe en su parte dispositiva a continuación:
"ARTÍCULO 1o.- Declárase, respecto de las adjudicatarias detalladas en el Anexo registrado con el No IF-2018- 04286949-APN-SECAGYP#MA que forma parte integrante de la presente medida, la existencia de caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con lo dispuesto por el Punto 31 del Capítulo VIII del Anexo I de la Disposición No 4 del 21 de abril de 2014 de la ex -SECRETARÍA EJECUTIVA de la ex- UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACIÓN DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO.
ARTÍCULO 2o.- Procédase a eximir excepcionalmente a las adjudicatarias que se encuentran detalladas en el mencionado Anexo que integra la presente medida, para el ciclo comercial 2014-2015, de la aplicación de las penalidades contenidas en el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009 y sus modificatorios, así como de la ejecución de las garantías de cumplimiento de la Licencia de Exportación HILTON (LEH) que fueran constituidas oportunamente para el citado ciclo comercial.
ARTÍCULO 3o.- En oportunidad de practicarse la devolución de garantías, las adjudicatarias deberán renunciar expresamente al derecho de iniciar cualquier tipo de presentación, reclamo o demanda vinculada con la exportación de cortes enfriados bovinos sin hueso de calidad superior conforme al biotipo establecido por la UNIÓN EUROPEA, denominado "Cuota Hilton", correspondiente al ciclo comercial 2014-2015, incluido lo atinente a la devolución de la garantía de cumplimiento de la Licencia de Exportación HILTON, tanto en sede administrativa como judicial; y desistir de cualquier presentación, reclamo o demanda que ya hubieran iniciado.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las firmas detalladas en el citado Anexo que forma parte integrante de la presente medida."

DETALLE DE CUMPLIMIENTO- CUOTA HILTON- 2014/2015

IF-2018-04286949-AP N-SECAGYP#MA (PARTE PERTINENTE)

RAZÓN SOCIAL
CUIT
AGRUPACION DE PRODUCTORES ULSA A.C.E
30709882879
RESOLUCION-2018-15-APN-MA Ministro Luis Miguel Etchevehere del Ministerio de Agroindustria.
Raquel Soledad Santos Laguardia, Directora, Dirección de Despacho y Mesa de Entradas, Ministerio de Agroindustria.