Res.Gral.AFIP 4331/18

Ref. Régimen de Equipaje - Modificaciones.
07/11/2018 (BO 08/11/2018)

VISTO las Dec.CMC 53/08 y Dec.CMC 3/08 del Consejo del Mercado Común, y
CONSIDERANDO
Que el Consejo del Mercado Común, en su carácter de órgano superior del Mercado Común, consideró conveniente y necesario armonizar el tratamiento aduanero del equipaje de viajeros, a efectos de reafirmar el compromiso de consolidar la Unión Aduanera.
Que mediante la Dec.CMC 53/08 se aprobaron las normas sobre "Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR".
Que mediante el dictado de la Dec.CMC 3/18 se actualizaron los montos establecidos en los numerales 2 y 3 del Artículo 9° del Anexo de la Dec.CMC 53/08.
Que, conforme lo expuesto, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico nacional la mencionada Dec.CMC 3/18, lo cual implicará la adopción de las medidas tendientes para lograr su efectivo cumplimiento.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7o del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Dec.CMC 3/18 del Consejo del Mercado Común del 9 de octubre de 2018, la cual se consigna en el Anexo (IF-2018-00097320-AFIP- SRRDDVCOTA#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Grupo Mercado Común Sección Nacional, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.) y archívese.

Leandro German Cuccioli


ANEXO I