Res.SMA 29/18

Ref. Registro para las Empresas Exportadoras de Maní, de Pasta de Maní a EE.UU. - Registro para las Empresas Exportadoras de Tabaco a EE.UU. - Registro Legajo Multipropósito (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
21/03/2018 (BO 23/03/2018)

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-12032078-APN-SECMA#MM, la Ley 25.506, los Dec.434/16 del 1° de Marzo de 2016, Dec.561/16 del 6 de Abril de 2016, Dec.1063/16 del 4 de octubre de 2016, Dec.1306/16 del 26 de Diciembre de 2016 y Dec.894/17 del 1° de Noviembre de 2017, las Res.MM 65/16 del 21 de Abril de 2016, Res.MM 101/16 del 26 de Mayo de 2016, Res.MM 171/16 del 19 de Julio de 2016, Res.MM 355/16 del 14 de Septiembre de 2016 y Res.MM 466/16 del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM, RESOL-2016-355-E-APN-MM y RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Res.SMA 7/17 del 10 de Enero de 2017 (RESOL-2017-7-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Dec.434/16 del 1° de Marzo de 2016 aprobó el Plan de Modernización del Estado con el objetivo de alcanzar una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios.
Que el mencionado Plan de Modernización del Estado contempló el Plan de Tecnología y Gobierno Digital como uno de sus cinco ejes, y como instrumento la Gestión documental y expediente electrónico, cuyo objetivo es implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos de las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Dec.561/16 del 6 de Abril de 2016 aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional.
Que el citado Dec.561/16 del 6 de Abril de 2016 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.
Que el Dec.1063/16 del 4 de octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo "Trámites a Distancia" (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, seguimiento, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones y de uso obligatorio por parte de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley 24.156 que componen el Sector Público Nacional.
Que el aludido Dec.1063/16 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.
Que el Dec.1306/16 del 26 de diciembre de 2016 aprobó la implementación del módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único medio de administración de los registros de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8 de la Ley 24.156 que componen el Sector Público Nacional.
Que el Dec.894/17 del 1° de noviembre de 2017, que aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos Dec.1759/72 T.O. 2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y simples por medios electrónicos.
Que las Res.MM 65/16 del 21 de Abril de 2016, Res.MM 101/16 del 26 de Mayo de 2016, Res.MM 171/16 del 19 de Julio de 2016, Res.MM 355/16 del 14 de Septiembre de 2016 y Res.MM 466/16 del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN- MM, RESOL-2016-355-E-APN-MM y RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecieron los cronogramas de implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y en el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, respectivamente.
Que la Res.SMA 7/17 del 10 de enero de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA estableció las modalidades de uso del módulo Registro Legajo Multipropósito (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE.
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los trámites que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA implementarán a través de los módulos "EXPEDIENTE ELECTRÓNICO" (EE), "TRÁMITES A DISTANCIA" (TAD) y "REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA se ha expedido en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Dec.561/16 y por el artículo 11 del Dec.1063/16.

Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que a partir del 09 de Abril de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA deberán registrarse a través del módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Registro para las Empresas Exportadoras de Maní a los Estados Unidos de América
b) Registro para las Empresas Exportadoras de Pasta de Maní a los Estados Unidos de América
c) Registro para las Empresas Exportadoras de Tabaco a los Estados Unidos de América

ARTÍCULO 2°.- Establécese que a partir del 09 de Abril de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA deberán tramitarse a través de los módulos "Trámites a Distancia" (TAD) y "Expediente Electrónico" (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Inscripción al Registro de Tabaco
b) Solicitud de Cuota - Tabaco
c) Inscripción al Registro de Pasta de Maní
d) Solicitud de Cuota - Pasta de Maní
e) Inscripción al Registro de Maní
f) Solicitud de Cuota - Maní

ARTÍCULO 3°.- Establécese que a partir del 09 de Abril de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA deberán registrarse a través del módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Registro de Organizaciones y Entidades Científicas y Tecnológicas

ARTÍCULO 4°.- Establécese que a partir del 02 de Mayo de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS deberán registrarse a través del módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Registro de Contratos que involucran Derechos de Autor

ARTÍCULO 5°.- Establécese que a partir del 02 de Mayo de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS deberán tramitarse a través de los módulos "Trámites a Distancia" (TAD) y "Expediente Electrónico" (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Inscripción de Contratos que involucran Derechos de Autor

ARTÍCULO 6°.- Establécese que a partir del 09 de Abril de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN deberán registrarse a través del módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Registro de Cámaras Empresariales Adheridas al Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo
b) Registro de Representantes del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo

ARTÍCULO 7°.- Establécese que a partir del 09 de Abril de 2018 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN deberán tramitarse a través de los módulos "Trámites a Distancia" (TAD) y "Expediente Electrónico" (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:
a) Registro de Cámaras Empresariales adheridas al SNAC - INSCRIPCIÓN
b) Registro de Cámaras Empresariales adheridas al SNAC - ACTUALIZACIÓN
c) Registro de representantes del SNAC - INSCRIPCIÓN
d) Registro de representantes del SNAC - ACTUALIZACIÓN

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Eduardo Nicolás Martelli.