Avisos DGA

Ref. Notificaciones (Gualeguaychú, Río Grande) - Sumarios (Posadas) - Rezagos (Bs.As.).
(BO 10/06/2026)

ADUANA GUALEGUAYCHÚ
Se hace saber que se ha dictado Resolución en las actuaciones mencionadas mas abajo, referentes a procedimientos realizados por personal de Gendarmería Nacional en Ruta y por Agentes de ésta Aduana en el A.C.I. (Área de Control Integrado) del Puente Internacional Libertador Gral. San Martín, donde se procedió a interdictar mercaderías en infracción a las normativas aduaneras. Así mismo se hace saber a los/las causantes que podrán interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal o recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente al de la publicación de la presente, caso en el cual debe comunicarse dicha circunstancia a esta Aduana, en los términos del Art. 1132 2a ap. y 1138 del Código Aduanero.
SUMARIO
ENCARTADO
FECHA
RESOL. Nº
026-SC-194-2022/K
FERNANDEZ JOANNA ELIZABETH DNI N° 34.085.108
05/06/2023
131/2023
026-SC-149-2022/K
OLIVERA IVAN NATANAEL DNI N° 39.526.208
05/06/2023
134/2023
026-SC-3-2026/9
SANTACROCE VICTORIA DNI N° 42.327.152
27/05/2026
85/2026
026-SC-14-2026/5
CRISCUOLO GERARDO VICENTE DNI N° 27.555.858
29/04/2026
77/2026
026-SC-24-2026/3
GARCIA CINTHIA ELIZABETH DNI N° 32.611.891
17/04/2026
71/2026
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
Firmado: Weckesser, Germán Gabriel – Administrador de la Aduana de Gualeguaychú, sita en Av. Del Valle 275 de Gualeguaychú, Entre Ríos, Tel. 03446-426263.
German Gabriel Weckesser, Administrador de Aduana.

ADUANA POSADAS
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1005) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo depósito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 947, 986, 987 y otros de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, en tales casos se notifica la liquidación tributaria conf. Art. 783 del C.A.
SC46-
IMPUTADO
DOC. IDENTIDAD
MULTA($)
INF.
TRIBUTOS (USD)
300-2026/9
BENITEZ BAREIRO JUNIO
DNI 95.184.544
$162.091,51
977/947/995
298,27
544-2026/6
ANTUNEZ ROSANA ELIZABET
DNI 23.777.383
$675.664
977

551-2026/K
RAMIREZ FONSECA EDUARDO SEBASTIAN
DNI 41.502.710
$2.630.232
977

622-2026/1
MARTINEZ VALIENTE MARIA CECILIA
DNI 95.444.868
$1.697.080
977

627-2026/2
LOPEZ EZEQUIEL ANDRES
DNI 44.950.511
$470.608
977

657-2026/7
BRITO DE LEON YOLANDA
DNI 94.567.367
$2.595.760
977

662-2026/4
BOGADO GRACIELA NOEMI
DNI 34.395.322
$ 755.136
977

663-2026/2
VILLALBA LUCILA ANBEL
DNI 46.513.451
$957.958
977

664-2026/0
BOGADO GRACIELA NOEMI
DNI 34.395.322
$2.207.120
977

690-2026/2
VILLALVA GERMAN DARIO
DNI 37.915.790
$9.232.716,04
987
2.156,57
703-2026/1
BRITEZ ANTOCHIK MATIAS JAVIER
CI 6.177.092
$1.164.840
977

705-2026/8
VEGA BRIZUELA NOELIA SOLEDAD
CI 6.295.634
$ 843.199
977

706-2026/6
VIVEROS ORTIZ ARNALDO ANDRES
CI 4.370.407
$ 2.222.733,75
977

707-2026/4
ARGUELLO BRIZUELA MIRTA ELIZABETH
CI 3.824.576
$552.372
977

709-2026/0
RIOS ACOSTA VERONICA BEATRIZ
CI 6.759.377
$856.062
977

710-2026/K
LESCANO RAMIREZ SONIA NOEMI
CI 5.986.660
$ 474.639
977

713-2026/K
LEON SAMANIEGO LAURA BEATRIZ
CI 5.074.413
$ 647.514
977

714-2026/8
ULIAMBRE RAMIREZ DENIS SAMUEL
CI 7.420.538
$575.568
977

717-2026/2
CHAVEZ BAREIRO LIZ FABIOLA
CI 6.364.530
$427.690
977

720-2026/8
PRIETO RAMIREZ WILSON ABELINO
CI 4.735.660
$743.114
977

725-2026/4
MICHALIK MEDINA AGUSTIN
CI 4.883.064
$507.492
977

727-2026/0
PENAYO CACERES CHISTIAN DAVID
CI 3.863.523
$1.248.480
977

731-2026/K
AVALOS PEREIRA ALEXIS
CI 4.857.889
$442.845
977

732-2026/8
PERALTA LOPEZ ANALIA NOEMI
CI 4.085.718
$478.028
977

733-2026/6
ALONSO DE MONTIEL ESTELA RAMONA
CI 2.026.545
$960.120
977

750-2026/8
GONZALEZ DUARTE BERNARDO DAVID
CI 4.762.049
$729-294
977

751-2026/9
BRITTO MENDEZ RICHARD MARTIN
CI 5.393.895
$827.400
977

752-2026/4
FLECHA GONZALEZ ROLANDO
CI 3.457.866
$420.784
977

753-2026/2
SIDOR DE SANCHEZ TERESA
CI 5.362.255
$3.700.755
977

756-2026/7
SOSA GABRIELA CAROLINA
CI 5.403.432
$ 425.520
977

758-2026/9
MARTINEZ DE CACERES JOSEFINA
CI 4.849.145
$ 437.580
977

759-2026/7
RIOS ACOSTA VERONICA BEATRIZ
CI 6.759.377
$865.224
977

760-2026/6
CHAVEZ BAREIRO LIZ FABIOLA
CI 6.364.530
$772.860
977

762-2026/2
SCHUBERT BRITEZ PATRICIA ANALIA
CI 5.064.806
$955.455,75
977

764-2026/9
GIMENEZ AMARILLA NORA GABRIELA
CI 3.734.124
$2.540.920
977

769-2026/5
CHAVEZ MARTA ISABEL
CI 3.211.454
$910.140
977

787-2026/5
SANCHEZ MORENO ALFREDO RAMON
CI 2.103.193
$6.203.799,20
962

801-2026/8
BOGADO CHRISTIAN LEONARDO
CI 5.914.471
$167.940
977

802-2026/1
BOGADO CHRISTIAN LEONARDO
CI. 5.914.471
$346.767,94
863/947/977

Eduardo Luis Cicerelli, Administrador de Aduana.

ADUANA RÍO GRANDE
Desde Actuación SIGEA N° 17611-25-2025 (SUCOA N.º 049-SC-77-2025/0), caratulada “Gustavo Ariel AVILA y Jesús Daniel YANKO s/psta. inf. art. 970 ap. 1º del C.A”, se hace saber al Sr. Jesús Daniel YANKO, DNI N.º 40.183.233, ...”RIO GRANDE, 04 JUNIO 2026 VISTO...CONSIDERANDO:…Por ello y facultades legales conferidas, LA ADMINISTRADORA DE LA ADUANA DE RIO GRANDE RESUELVE: ...CONDENAR al Sr. Jesús Daniel YANKO, DNI N.º 40.183.233 al pago de una multa de PESOS SEISCIENTOS OCHO MIL TREINTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 608.030,50), equivalente al 30 % del valor en aduana del rodado en infracción y al pago de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON TREINTA CENTAVOS (USD 5.919,30), en concepto de I.V.A., conforme Instrucción General N.º 13/2016 (DG ADUA), carga tributaria del rodado dejada de abonar al momento de su reimportación a consumo irregular en el T.N.C. HACER SABER al Sr. Jesús Daniel YANKO, DNI N.º 40.183.233 que podrá interponer en contra la presente decisión, Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal de Río Grande o mediante recurso de apelación por el ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en el plazo de quince (15) días hábiles, en los términos del Art. 1132 inc. b) y 1133 del Código Aduanero. Debiendo comunicar a la administradora, en su caso, mediante presentación escrita o por entrega al correo en carta certificada con aviso de retorno, dentro del plazo para interponerlos, caratula y número de expediente; ello conforme lo previsto por el art. 1138 del mismo texto legal”. ... RESOL-2026-43-E-ARCA-ADRIOG#SDGOAI. Firma: PAGNUSSAT SANDRA CLELIA Administradora Aduana Río Grande. Queda Ud. debidamente notificado.-
Sandra C. Pagnussat, Administradora.

DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES
EDICTO
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2026-01740246-ARCA-DIABSA#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, sita en Av. Hipólito Yrigoyen 440 5°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Eduardo Daniel Gomez, Director.
ANEXO