La
capitana Carola RACKETE es una eximia piloto de naves que, incluso,
dirigió un rompehielos de investigación científica marina en el
Polo Norte. Pese a sus grandes condiciones para el pilotaje, rozó
levemente un pequeño barco de la Guardia de Finanzas de la Policía
Tributaria que despliega su actividad en las zonas fronterizas.
Ante
el cariz de los acontecimientos, policías y agentes de seguridad
abordaron la embarcación que lleva bandera holandesa y arrestaron en
la cabina de comando a la capitana RACKETE. (1)
La
capitana fue trasladada al cuartel de la Guardia de Finanzas para ser
interrogada por el Fiscal quien la acusó de violar el artículo 1100
del Código de Navegación, normativa que tipifica los delitos de
resistencia o violencia contra nave de guerra cuya expectativa de
pena oscila entre tres y diez años de reclusión.
Interín,
el personal de seguridad italiano ordenó a la tripulación abandonar
el Puerto de Lampedusa con la nave y esperar a dos millas de
distancias de éste, bajo el despliegue de un estricto control de
barcos de la marina italiana.
Mientras
los incidentes se sucedían, un numeroso grupo de personas brindó su
apoyo a la capitana desde el muelle mientras que, un sector de
adeptos al ministro SALVINI demostraba su posición favorable a la
decisión de cerrar los puertos italianos a los migrantes
clandestinos.
II.-
INFORMACION PERIODISTICA:
Bajo el epígrafe “CAROLA RACKETE, LA JOVEN CAPITANA DE UN BARCO
QUE FUE DETENIDA EN ITALIA POR RESCATAR MIGRANTES”, la redacción
de BBC NEWS MUNDO del 29 de junio de 2019 (2), destaca que la
capitana Carola RACKETE al mando de la embarcación SEA WATCH 3, la
madrugada de ese día levó anclas y efectuó aproximación al Puerto
de LAMPEDUSA (República de Italia) desoyendo las advertencias de las
autoridades que le habían denegado el permiso de desembarco.
En
dicha embarcación se hallaban 40 migrantes náufragos que fueron
rescatados en el mar, en las proximidades de las costas de LIBIA, el
12 de junio de este año.
La
capitana, de 31 años, fue arrestada bajo el cargo de Resistencia o
Violencia contra un buque de guerra.
Esta
imputación se añade a la de Tráfico Ilegal de personas, por la
cual se hallaba en curso de investigación una causa en su contra.
Desde
una esfera de índole política, señala la redacción, el ministro
italiano del interior, MATTEO SALVINI, que acusó a RACKETE de
intentar hundir una lancha policial que procuraba evitar que el SEA
WATCH 3 arribara a puerto, describió a la capitana como “una mujer
alemana rica y blanca” que cometió un acto de guerra.
Ante
esta situación, el ministro MATTEO SALVINI argumentó que naves,
como la SEA WATCH 3, facilitan el tráfico ilegal de personas.
Interesa
destacar que el ministro SALVINI se ha convertido en el adalid del
control de la inmigración, accionar que configura una de sus
principales líneas políticas, en su rol de líder del Partido de
extrema derecha LA LIGA.
A
ello cuadra añadir que el Gobierno de Italia promulgó recientemente
una ley que sanciona con multa de 50.000 EUROS y con una pena máxima
de 15 años de cárcel a los navegantes de la ONG que surquen sus
aguas territoriales sin permiso de las autoridades.
Siguiendo
esa línea de pensamiento, el ministro SALVINI, expresó en un TUIT,
al producirse la intervención de las autoridades, “Forajida
arrestada. Barco pirata incautado. Gran multa a una ONG extranjera.
Todos los migrantes se reubicaron en otros países europeos. Misión
cumplida”.
III.-
SISTEMA DE SOCORROS Y SEGURIDAD MARITIMA EN LA
NAVEGACION REGULAR:
El sistema de socorro tradicional se conformaba mediante un servicio
de escucha continua de transmisión en las frecuencias
internacionales de socorro (500 KH2 para MORSE y 2182 KH2 para
telefonía) según el reglamento de radiocomunicaciones de la Unión
Internacional de Radiocomunicaciones. Cuando recibía el pedido de
auxilio el capitán se hallaba compelido a acusar recibo y a prestar
auxilio con la máxima celeridad. Respecto al sistema de
radiocomunicaciones, el mismo tenía un rango de alcance limitado por
la extensión de las ondas y, consecuentemente, se limitaba a
embarcaciones cercanas. (3)
Obviamente,
la aparición de la tecnología satelitaria modificó radicalmente
esta situación.
La
ORGANIZACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL (OMI) elaboró una SISTEMA
INTERNACIONL DE SOCORRO Y SEGURO MARITIMO (SMSSM) cuyo objetivo era
otorgar eficacia a los planes de búsqueda y salvamento del Convenio
SAR de 1979.
Intervinieron
en dicho emprendimiento la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES,
la ORGANIZACIÓN HIDROGRAFICA INTERNACIONAL, INMARSAL y los asociados
COSPAS – SARSAT.
La
Resolución A. 801 de la OMI del 23/11/1995 regula la provisión de
servicios radioeléctricos para el SMSSM. Las normas de este sistema
son parte del Convenio SOLAS.
La
respuesta de la embarcación que recibe el pedido de auxilio cuenta
con sucesivas etapas que van, desde la identificación de la
naturaleza del peligro, hasta la información al Centro de
Coordinación de salvamento adecuado; la toma de contacto con el
buque el peligro así como con los grupos de acción rápida; el
inicio de la transmisión del acuse de recibo por llamada selectiva
digital; la puesta en contacto por radio al Centro de Coordinación
de Salvamento con el barco en peligro y con el grupo de acción
rápida requerido. (4)
Se
clasifican cuatro zonas marítimas a ser determinadas por cada
gobierno según la cobertura de comunicación existente.
La
comunicación se inicia a partir de una alerta temprana, que se
recibe de un buque, aeronave u otro vehículo o persona en situación
de peligro grave e inminente que necesita auxilio inmediato.
De
inmediato, la Estación Costera, al recibir el aviso y acusar recibo,
debe trasladar la intervención al Centro de Coordinación de
Salvamento que se encargará de la tarea. Este último, a su vez,
debe dar aviso a la UNIDADES DE BUSQUEDA Y SALVAMENTO (SAR) y a los
navíos que se encuentren en las proximidades de la zona del
siniestro.
En
el caso de que suceda un naufragio, se activará de manera automática
una radio baliza flotante de localización de siniestro que
suministrará información acerca de la localización del buque. (5)
LA
OMI es un organismo de la Naciones Unidas entre cuyas finalidades se
destaca el accionar tendiente a alentar la adopción de normas en
materia de seguridad marítima.
Bajo
esa orientación ha elaborado diversos convenios marítimos en
diferentes áreas entre los que se destacan los vinculados con la
seguridad marítima y el Convenio SOLAS de 1960 y 1974.
IV.-
COLOFON: En una
primera aproximación a un comentario axiológico en torno a los
acontecimientos “supra” abordados, corresponde poner de
manifiesto que la problemática de la inmigración clandestina en los
países europeos se halla connotada de significativa complejidad, y,
su análisis exhaustivo, excede ampliamente el contenido de estas
breves líneas.
Asimismo,
cuadra destacar que el objetivo de este somero comentario apunta
simplemente a contrastar los deberes del capitán de una embarcación,
en cuyo curso de navegación detecta náufragos o personas en peligro
inminente de llegar a esa condición y las pautas normativas
migratorias promulgadas por un Estado soberano o una Comunidad
Internacional.
Se
trata de establecer cual es el valor jurídico de mayor significación
en juego: si el deber ineludible del capitán, tendiente a preservar
la vida humana en el mar, o bien, el respeto a las pautas tutelares
en materia de inmigración clandestina.
También
corresponde efectuar un análisis relativo al aspecto fáctico
convocante. Es decir, desde el horizonte de la figura del capitán en
orden al rol obligacional que debe observar, cuál ha sido la
secuencia de los hechos que lo motivaron a proceder al salvataje y la
culminación natural de dicha maniobra de socorro relativa al
desembarco de los náufragos en un puerto seguro. Ello, a efectos de
evaluar si su conducta puede catalogarse como adecuada o, si, por el
contrario, muestra aristas pasibles de reproche.
Por
esto último, se torna insoslayable efectuar una somera semblanza de
la capitana Carola RACKETE.
Su
edad es de 31 años y además de su rango naviero estudió Ciencias
Ambientales en el Reino Unido.
Participó
en diversas expediciones de investigación y con el grupo ecologista
GREENPEACE.
Además,
está enrolada en SEA WATCH que conforma una Organización No
Gubernamental (ONG) que efectúa misiones de rescate en el Mar
Mediterráneo. (6)
Así
las circunstancias, cuadra mencionar que el reporte de BBC NEWS MUNDO
en trato, alude a que el Gobierno de la República de Italia se opone
enfáticamente a que atraquen en sus puertos embarcaciones de las ONG
que navegan el Mar Mediterráneo con la finalidad de rescatar
migrantes que hayan naufragado o se hallen en peligro inminente de
que ello suceda.
También,
reviste fundamental importancia, que las autoridades de la República
de Italia ya habían admitido en su territorio a 12 de los migrantes
embarcados en el SEA WATCH 3, por cuanto ellos denotaban problemas de
salud.
Asimismo,
el reporte informa que en la embarcación de marras también se
encontraban algunos parlamentarios italianos enrolados en tendencias
de izquierda. (7)
A
esta altura del relato obligatorio es concluir que un análisis
apresurado desembocaría en la conclusión de que la actitud
desplegada por la capitana Carola RACKETE podría llegar a
catalogarse como una proclama de índole contestataria.
Ello,
toda vez que milita en la ONG SEA WATCH que, habitualmente, lleva a
cabo misiones de rescate que programa ex profeso, similares a la
relatada, en el ámbito del Mar Mediterráneo.
También
debe considerarse que las autoridades italianas ya habían autorizado
el desembarco en su territorio de 12 de los migrantes transportados,
que habían exteriorizado problemas de salud.
Coadyuvaría
a robustecer este temperamento que, a la circunstancia de que en la
embarcación se hallaban parlamentarios de izquierda -adversarios
naturales del ministro SALVINI-, se agrega que los migrantes
rescatados ya no se hallaban a la deriva en condición de náufragos,
sino en el interior del buque SEA WATCH.
Lo
“supra” expuesto pone enfáticamente de manifiesto que, al
momento de producirse el altercado con las autoridades italianas, la
capitana RACKETE “ya había cumplido con las leyes marítimas y el
derecho internacional humanitario”, al decir de la portavoz del SEA
WATCH 3, HAIDI SADIK.
Empero,
a la situación descripta se adiciona un nuevo componente que indica
que el accionar de la capitana en la emergencia resultó el
consistente con sus obligaciones inherentes al cargo que ejercía.
En
efecto, en una entrevista que publicó el Diario CORRIERE DE LA SERA,
la capitana expresó que desobedeció la orden de mantener la nave
alejada del puerto en razón de que algunos de los inmigrantes habían
comenzado a hacerse daño y que ella “estaba temerosa de que eso
condujera a suicidios”
Añadió
que “durante días, la tripulación había hecho turnos de guardia,
incluso durante la noche, por temor a que alguien decidiera lanzarse
de la embarcación”, agregando que, para aquellos que no saben
nadar, ello equivaldría a un suicidio.
Asimismo,
la capitana aseguró que la decisión de atracar en la jurisdicción
de la República de Italia no fue motivada por la intención de una
denuncia política sino para cumplir con su deber de ubicar a los
náufragos en un puerto seguro.
Esto
último se hallaría justificado por la especial situación anímica
de los náufragos que, nuevamente, ponía en peligro su
supervivencia.
Cuadra
poner de relieve que la actitud de la capitana, ante el nuevo peligro
que se cernía sobre los náufragos rescatados, propendió a cumplir
con el paradigma universal del navegante al mando de una embarcación,
que lo obliga, inexorablemente, a llevar a puerto seguro a las
personas rescatadas en el mar.
Respecto
al desenvolvimiento de la causa judicial incoada con motivo del
incidente naval, según el criterio de la Fiscalía de AGRIGENTO
(SICILIA), la capitana no actuó en estado de necesidad.
Incluso
el Fiscal PATRONAGGIO sostuvo que “El choque que la SEA WATCH con
la lancha de la Guardia de Finanzas fue un acto voluntario y hecho a
conciencia”.
Por
ello, la Fiscalía acusó a la capitana RACKETE de los delitos de
desobediencia a la nave de guerra, resistencia y violencia contra
nave de guerra y navegación en zonas prohibidas”.
Sin
embargo, la Jueza de Instrucción Alessandra VELLA consideró que la
capitana “Actuó para cumplir el deber de llevar a salvo a los
inmigrantes”, añadiendo que los puertos libios y tunecinos no son
seguros, por lo cual resultó adecuado dirigirse hacía LAMPEDUSA.
En
dicha tesitura, la Sra. Jueza interviniente rechazó el pedido de
arresto propugnado por la Fiscalía y excluyó el delito de
resistencia y violencia contra nave de guerra, (8)
Por
su parte, el ministro Sr. MATTEO SALVINI formuló acerbas críticas
contra la decisión de la Jueza Alessandra VELLA. Así, expresó que
para la Magistratura italiana “ignorar las leyes y chocar con una
lancha de la Guardia de Finanzas no es motivo suficiente para ir a la
cárcel. Ningún problema: Para la capitana criminal Carola RACKETE
está listo un decreto para mandarla a su país porque es peligrosa
para la seguridad nacional”
En
la esfera internacional, la portavoz del gobierno francés SIBET
NDIAYE, ha sostenido que Italia no ha estado a la altura sobre la
acogida de los inmigrantes, acotando que “existen normas marítimas
que nos indican que cuando hay personas en peligro en el mar, deben
ser llevadas al puerto más próximo y seguro. Y en este caso se
trata de puertos italianos”
Cuadra
poner de relieve que el comentado incidente protagonizado por la
capitana Carola RACKETE ha dividido a Italia, instalándose un áspero
debate donde se exteriorizan muestras de solidaridad a la par que una
seria desaprobación.
Ello
motivó al Sr. presidente de la República de Italia, Sergio
MATTARELLA, a asumir la consabida intervención a efectos de calmar
los ánimos.
Así
las circunstancias, expresó: “Ahora es necesario rebajar de forma
general los tonos para permitir afrontar con mayor sobriedad y
concreción la cuestión de los inmigrantes” (9)
NOTAS:
”ARRESTARON A LA CAPITANA
DEL BUQUE CON MIGRANTES QUE ENTRO A ITALIA”. Artículo publicado
en la página 32 del Diario “CLARIN” del 30 de junio de 2019;
https//www.b.b.c.com/mundo/noticias/internacional
- 48810434;
CHAMI, Diego Esteban. “MANUAL
DE DERECHO DE LA NAVEGACION”, ABELEDO PERROT, Buenos Aires, 2010,
páginas 398 y 399;
CHAMI, Diego Esteban, obra
citada;
CHAMI, Diego Esteban, obra
citada;
https//www.b.b.c.com/mundo/noticias/internacional
– 48810434;
https//www.b.b.c.com/mundo/noticias/internacional
– 48810434;
“PUESTA EN LIBERTAD LA
CAPITANA DEL SEA WATCH QUE SERA EXPULSADA DE ITALIA”, Artículo
publicado en ABC INTERNACIONAL. Sitio web:
htpps//www.a.b.c.es/internacional/abci-capitana-alemana-watch-3-será-puesta-libertad
y expulsada-italia-201907021343 _ noticias.html;
“PUESTA EN LIBERTAD LA
CAPITANA DEL SEA WATCH QUE SERA EXPULSADA DE ITALIA”, Artículo
publicado el 02/07/2019 por ABC INTERNACIONAL. Sitio web:
htpps//www.b.b.c.es/internacional/abci-capitana-alemana-watch-3-será-puesta-libertad
y expulsada-italia-201907021343 _ noticias.html
* Titular del Estudio
BASUALDO MOINE PUERTO MADERO - Asesor de “ARCHIVOS DEL SUR SRL”