Disp.ANMAT 686/19

Ref. ANMAT - Nómina de funcionarios habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior.
18/01/2019 (BO 22/01/2019)

VISTO el Expediente EX- 2018-58638937-APN-DGA#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional; y
CONSIDERANDO:
Que, por razones operativas y de organización administrativa, la Dirección Nacional de Productos Médicos propone una nueva nómina de funcionarios habilitados para suscribir documentación de comercio exterior a presentarse ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en el ámbito de sus competencias.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Artículo 8, inciso ll) del Dec.1490/92 y modificatorios.

Por ello;
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MEDICA
DISPONE:

ARTÍCULO 1o.- Apruébese la nómina de funcionarios habilitados para suscribir la documentación de comercio exterior a ser presentada ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, que se adjunta como Anexo IF-2018-55569358-APN-DNPM#ANMAT y forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2o.- Notifíquese la presente disposición a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS con entrega del Anexo IF-2018-55569358-APN-DNPM#ANMAT en el que consta la rúbrica de los funcionarios referidos en el Artículo 1°.

ARTÍCULO 3o.- Regístrese, Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a quienes corresponda.

Carlos Alberto Chiale


ANEXO