Garantías: Declaración Jurada o documento suscripto por el interesado o por terceros

SICNEA


Con fecha 05 de junio de 2026, el DEPTO. PROG. Y NORMAS D/PROCED. D/REC. ADUAN. (DI PNPA) envió una Comunicación General SICNEA a todos los Despachantes de Aduana e Importadores/Exportadores del país a los efectos de informar el cronograma de implementación para la constitución de garantías a través del Kit del Sistema Informático Malvina (SIM) mediante la declaración jurada establecida en el Decreto 838/2025 y el artículo 2 de la Resolución General ARCA 5842.

Con fecha 05 de junio de 2026, el DEPTO. PROG. Y NORMAS D/PROCED. D/REC. ADUAN. (DI PNPA) envió una Comunicación General SICNEA a todos los Despachantes de Aduana e Importadores/Exportadores del país a los efectos de informar el cronograma de implementación para la constitución de garantías a través del Kit del Sistema Informático Malvina (SIM) mediante la declaración jurada establecida en el Decreto 838/2025 y el artículo 2 de la Resolución General ARCA 5842.
Texto de la comunicación

En virtud de lo establecido en el Decreto 838/2025 y el artículo 2 de la Resolución General ARCA 5842, se adjunta a la presente el cronograma de implementación de dichas normas, indicando para cada motivo de garantía, desde que fecha se podrá utilizar la Declaración Jurada establecida en el mencionado Decreto.


Para más información, se puede consultar el Micrositio "Garantias - Operaciones aduaneras" en https://www.arca.gob.ar/constiyDevoluGarantias/.