Capítulo 92
Instrumentos musicales; sus partes y accesorios
Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);
b) los micrófonos, amplificadores, altavoces (altoparlantes), auriculares, interruptores, estroboscopios y demás instrumentos, aparatos y equipos accesorios utilizados con los artículos de este Capítulo, que no estén incorporados en ellos ni alojados en la misma envoltura (Capítulos 85 ó 90);
c) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de juguete (partida 95.03);
d) las escobillas y demás artículos de cepillería para limpieza de instrumentos musicales (partida 96.03) y los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 96.20);
e) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de objetos de colección o antigüedades (partidas 97.05 ó 97.06).
2. Los arcos, palillos y artículos similares para instrumentos musicales de las partidas 92.02 ó 92.06, que se presenten en número correspondiente a los instrumentos a los cuales se destinen, se clasifican con ellos.
Las tarjetas, discos y rollos de la partida 92.09 se clasifican en esta partida, aunque se presenten con los instrumentos o aparatos a los que estén destinados.
NCM | Descripción | AEC |
92.01 | Pianos, incluso automáticos; clavecines y demás instrumentos de cuerda con teclado. | |
9201.10.00 | - Pianos verticales | 18 |
9201.20.00 | - Pianos de cola | 18 |
9201.90.00 | - Los demás | 18 |
92.02 | Los demás instrumentos musicales de cuerda (por ejemplo: guitarras, violines, arpas). | |
9202.10.00 | - De arco | 18 |
9202.90.00 | - Los demás | 18 |
92.05 | Instrumentos musicales de viento (por ejemplo: órganos de tubos y teclado, acordeones, clarinetes, trompetas, gaitas), excepto los orquestriones y los organillos. | |
9205.10.00 | - Instrumentos llamados «metales» | 18 |
9205.90.00 | - Los demás | 18 |
9206.00.00 | Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas). | 18 |
92.07 | Instrumentos musicales en los que el sonido se produzca o tenga que amplificarse eléctricamente (por ejemplo: órganos, guitarras, acordeones). | |
9207.10 | - Instrumentos de teclado, excepto los acordeones | |
9207.10.10 | Sintetizadores | 10 |
9207.10.90 | Los demás | 10 |
9207.90 | - Los demás | |
9207.90.10 | Guitarras y contrabajos | 18 |
9207.90.90 | Los demás | 18 |
92.08 | Cajas de música, orquestriones, organillos, pájaros cantores, sierras musicales y demás instrumentos musicales no comprendidos en otra partida de este Capítulo; reclamos de cualquier clase; silbatos, cuernos y demás instrumentos de boca, de llamada o aviso. | |
9208.10.00 | - Cajas de música | 18 |
9208.90.00 | - Los demás | 18 |
92.09 | Partes (por ejemplo, mecanismos de cajas de música) y accesorios (por ejemplo: tarjetas, discos y rollos para aparatos mecánicos) de instrumentos musicales; metrónomos y diapasones de cualquier tipo. | |
9209.30.00 | - Cuerdas armónicas | 16 |
- Los demás: | ||
9209.91.00 | - - Partes y accesorios de pianos | 16 |
9209.92.00 | - - Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.02 | 16 |
9209.94.00 | - - Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.07 | 16 |
9209.99.00 | - - Los demás | 16 |