Sección VII
PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS

Notas.

1. Los productos presentados en surtidos que consistan en varios componentes distintos comprendidos, en su totalidad o en parte, en esta Sección e identificables como destinados, después de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasifican en la partida correspondiente a este último producto siempre que los componentes sean:
a) por su acondicionamiento, netamente identificables como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento;
b) presentados simultáneamente;
c) identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.
2. El plástico, el caucho y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no tengan un carácter accesorio en relación con su utilización principal, corresponden al Capítulo 49, excepto los artículos de las partidas 39.18 ó 39.19.



Capítulo 39
Plástico y sus manufacturas

Notas.

1. En la Nomenclatura, se entiende por plástico las materias de las partidas 39.01 a 39.14 que, sometidas a una influencia exterior (generalmente el calor y la presión y, en su caso, la acción de un disolvente o de un plastificante), son o han sido susceptibles de adquirir una forma por moldeo, colada, extrusión, laminado o cualquier otro procedimiento, en el momento de la polimerización o en una etapa posterior, forma que conservan cuando esta influencia ha dejado de ejercerse.
En la Nomenclatura, el término plástico comprende también la fibra vulcanizada. Sin embargo, dicho término no se aplica a las materias textiles de la Sección XI.
2. Este Capítulo no comprende:
a) las preparaciones lubricantes de las partidas 27.10 ó 34.03;
b) las ceras de las partidas 27.12 ó 34.04;
c) los compuestos orgánicos aislados de constitución química definida (Capítulo 29);
d) la heparina y sus sales (partida 30.01);
e) las disoluciones (excepto los colodiones) en disolventes orgánicos volátiles de los productos citados en los textos de las partidas 39.01 a 39.13, cuando la proporción del disolvente sea superior al 50 % del peso de la disolución (partida 32.08); las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
f) los agentes de superficie orgánicos y las preparaciones de la partida 34.02;
g) las gomas fundidas y las gomas éster (partida 38.06);
h) los aditivos preparados para aceites minerales (incluida la gasolina) o para otros líquidos utilizados con los mismos fines que los aceites minerales (partida 38.11);
ij) los líquidos hidráulicos preparados a base de poliglicoles, de siliconas o de los demás polímeros del Capítulo 39 (partida 38.19);
k) los reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre soporte de plástico (partida 38.22);
l) el caucho sintético, tal como se define en el Capítulo 40, y las manufacturas de caucho sintético;
m) los artículos de talabartería o de guarnicionería (partida 42.01), los baúles, maletas (valijas), maletines, bolsos de mano (carteras) y demás continentes de la partida 42.02;
n) las manufacturas de espartería o cestería, del Capítulo 46;
o) los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
p) los productos de la Sección XI (materias textiles y sus manufacturas);
q) los artículos de la Sección XII (por ejemplo: calzado y partes de calzado, sombreros, demás tocados, y sus partes, paraguas, sombrillas, bastones, látigos, fustas, y sus partes);
r) los artículos de bisutería de la partida 71.17;
s) los artículos de la Sección XVI (máquinas y aparatos, material eléctrico);
t) las partes del material de transporte de la Sección XVII;
u) los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo: elementos de óptica, monturas (armazones) de gafas (anteojos), instrumentos de dibujo);
v) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares de relojes o demás aparatos de relojería);
w) los artículos del Capítulo 92 (por ejemplo: instrumentos musicales y sus partes);
x) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado, carteles luminosos, construcciones prefabricadas);
y) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
z) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: brochas, cepillos, botones, cierres de cremallera (cierres relámpago), peines, boquillas (embocaduras) y cañones (tubos) para pipas, boquillas para cigarrillos o similares, partes de termos, estilográficas, portaminas y monopies, bípodes, trípodes y artículos similares).
3. En las partidas 39.01 a 39.11 solo se clasifican los productos de las siguientes categorías obtenidos por síntesis química:
a) las poliolefinas sintéticas líquidas que destilen una proporción inferior al 60 % en volumen a 300 °C referidos a 1.013 milibares cuando se utilice un método de destilación a baja presión (partidas 39.01 y 39.02);
b) las resinas ligeramente polimerizadas del tipo de las resinas de cumarona-indeno (partida 39.11);
c) los demás polímeros sintéticos que tengan por lo menos 5 unidades monoméricas, en promedio;
d) las siliconas (partida 39.10);
e) los resoles (partida 39.09) y demás prepolímeros.
4. Se consideran copolímeros todos los polímeros en los que ninguna unidad monomérica represente una proporción superior o igual al 95 % en peso del contenido total del polímero.
Salvo disposición en contrario, en este Capítulo, los copolímeros (incluidos los copolicondensados, los productos de copoliadición, los copolímeros en bloque y los copolímeros de injerto) y las mezclas de polímeros se clasifican en la partida que comprenda los polímeros de la unidad comonomérica que predomine en peso sobre cada una de las demás unidades comonoméricas simples. A los fines de esta Nota, las unidades comonoméricas constitutivas de polímeros que pertenezcan a una misma partida se consideran conjuntamente.
Si no predominara ninguna unidad comonomérica simple, los copolímeros o mezclas de polímeros, según los casos, se clasifican en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
5. Los polímeros modificados químicamente, en los que solo los apéndices de la cadena polimérica principal se han modificado por reacción química, se clasifican en la partida del polímero sin modificar. Esta disposición no se aplica a los copolímeros de injerto.
6. En las partidas 39.01 a 39.14, la expresión formas primarias se aplica únicamente a las formas siguientes:
a) líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones;
b) bloques irregulares, trozos, grumos, polvo (incluido el polvo para moldear), gránulos, copos y masas no coherentes similares.
7. La partida 39.15 no comprende los desechos, desperdicios ni recortes de una sola materia termoplástica transformados en formas primarias (partidas 39.01 a 39.14).
8. En la partida 39.17, el término tubos designa los productos huecos, sean productos semimanufacturados o terminados (por ejemplo: tubos de riego con nervaduras, tubos perforados), de los tipos utilizados generalmente para conducir, encaminar o distribuir gases o líquidos. Este término se aplica también a las envolturas tubulares para embutidos y demás tubos planos. Sin embargo, excepto los últimos citados, no se consideran tubos sino perfiles, los que tengan la sección transversal interior de forma distinta de la redonda, oval, rectangular (si la longitud no fuese superior a 1,5 veces la anchura) o poligonal regular.
9. En la partida 39.18, la expresión revestimientos de plástico para paredes o techos designa los productos presentados en rollos de 45 cm de anchura mínima, susceptibles de utilizarse para la decoración de paredes o techos, constituidos por plástico (en la cara vista) graneado, gofrado, coloreado con motivos impresos o decorado de otro modo y fijado permanentemente a un soporte de cualquier materia distinta del papel.
10. En las partidas 39.20 y 39.21, los términos placas, láminas, hojas y tiras se aplican exclusivamente a las placas, láminas, hojas y tiras (excepto las del Capítulo 54) y a los bloques de forma geométrica regular, incluso impresos o trabajados de otro modo en la superficie, sin cortar o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular pero sin trabajar de otro modo (incluso si esta operación les confiere el carácter de artículos dispuestos para su uso).
11. La partida 39.25 se aplica exclusivamente a los artículos siguientes, siempre que no estén comprendidos en las partidas precedentes del Subcapítulo II:
a) depósitos, cisternas (incluidas las cámaras o fosas sépticas), cubas y recipientes análogos de capacidad superior a 300 l;
b) elementos estructurales utilizados, por ejemplo, para la construcción de suelos, paredes, tabiques, techos o tejados;
c) canalones y sus accesorios;
d) puertas, ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales;
e) barandillas, pasamanos y barreras similares;
f) contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes y accesorios;
g) estanterías de grandes dimensiones para montar y fijar permanentemente, por ejemplo: en tiendas, talleres, almacenes;
h) motivos arquitectónicos de decoración, por ejemplo: los acanalados, cúpulas, remates;
ij) accesorios y guarniciones para fijar permanentemente a las puertas, ventanas, escaleras, paredes y demás partes de un edificio, por ejemplo: tiradores, perillas o manijas, ganchos, soportes, toalleros, placas de interruptores y demás placas de protección.


Notas de subpartida.

1. Dentro de una partida de este Capítulo, los polímeros (incluidos los copolímeros) y los polímeros modificados químicamente, se clasifican conforme las disposiciones siguientes:
a) cuando en la serie de subpartidas a considerar exista una subpartida «Los/Las demás»:
1º) el prefijo poli que precede a la denominación de un polímero especificado en el texto de una subpartida (por ejemplo: polietileno o poliamida-6,6), significa que la o las unidades monoméricas constitutivas del polímero especificado, consideradas conjuntamente, deben contribuir con una proporción superior o igual al 95 % en peso del contenido total del polímero;
2º) los copolímeros citados en las subpartidas 3901.30, 3901.40, 3903.20, 3903.30 y 3904.30 se clasifican en estas subpartidas siempre que las unidades comonoméricas de los copolímeros mencionados contribuyan con una proporción superior o igual al 95 % en peso del contenido total del polímero;
3º) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida denominada «Los/Las demás», siempre que estos polímeros modificados químicamente no estén comprendidos más específicamente en otra subpartida;
4º) los polímeros a los que no les sean aplicables las disposiciones de los apartados 1º), 2º) ó 3º) anteriores, se clasifican en la subpartida que, entre las restantes de la serie, comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;
b) cuando en la misma serie no exista una subpartida «Los/Las demás»:
1º) los polímeros se clasifican en la subpartida que comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;
2º) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida que corresponda al polímero sin modificar.
Las mezclas de polímeros se clasifican en la misma subpartida que los polímeros obtenidos con las mismas unidades monoméricas en las mismas proporciones.
2. En la subpartida 3920.43, el término plastificantes comprende también los plastificantes secundarios.



NCM Descripción AEC
I.- FORMAS PRIMARIAS
39.01 Polímeros de etileno en formas primarias.
3901.10 - Polietileno de densidad inferior a 0,94
3901.10.10 Lineal 14
3901.10.9 Los demás
3901.10.91 Con carga 14
3901.10.92 Sin carga 14
3901.20 - Polietileno de densidad superior o igual a 0,94
3901.20.1 Con carga
3901.20.11 Vulcanizado, de densidad superior a 1,3 2
3901.20.19 Los demás 14
3901.20.2 Sin carga
3901.20.21 Vulcanizado, de densidad superior a 1,3 2
3901.20.29 Los demás 14
3901.30 - Copolímeros de etileno y acetato de vinilo
3901.30.10 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3901.30.90 Los demás 14
3901.40.00 - Copolímeros de etileno y alfa-olefina de densidad inferior a 0,94 14
3901.90 - Los demás
3901.90.10 Copolímeros de etileno y ácido acrílico 14
3901.90.20 Copolímeros de etileno y monómeros con radicales carboxílicos, incluso con metacrilato de metilo o acrilato de metilo como tercer monómero 14
3901.90.30 Polietileno clorosulfonado 2
3901.90.40 Polietileno clorado 2
3901.90.50 Copolímeros de etileno-ácido metacrílico con un contenido de etileno superior o igual al 60 % en peso 2
3901.90.90 Los demás 14
39.02 Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias.
3902.10 - Polipropileno
3902.10.10 Con carga 14
3902.10.20 Sin carga 14
3902.20.00 - Poliisobutileno 14
3902.30.00 - Copolímeros de propileno 14
3902.90.00 - Los demás 14
39.03 Polímeros de estireno en formas primarias.
- Poliestireno:
3903.11 - - Expandible
3903.11.10 Con carga 14
3903.11.20 Sin carga 14
3903.19.00 - - Los demás 14
3903.20.00 - Copolímeros de estireno-acrilonitrilo (SAN) 14
3903.30 - Copolímeros de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS)
3903.30.10 Con carga 14
3903.30.20 Sin carga 14
3903.90 - Los demás
3903.90.10 Copolímeros de metacrilato de metilbutadieno-estireno (MBS) 14
3903.90.20 Copolímeros de acrilonitrilo-estireno-acrilato de butilo (ASA) 2
3903.90.90 Los demás 14
39.04 Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias.
3904.10 - Poli(cloruro de vinilo) sin mezclar con otras sustancias
3904.10.10 Obtenido por proceso de suspensión 14
3904.10.20 Obtenido por proceso de emulsión 14
3904.10.90 Los demás 14
- Los demás poli(cloruro de vinilo):
3904.21.00 - - Sin plastificar 14
3904.22.00 - - Plastificados 14
3904.30.00 - Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo 14
3904.40 - Los demás copolímeros de cloruro de vinilo
3904.40.10 Con acetato de vinilo, con un ácido dibásico o alcohol vinílico, en las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo 14
3904.40.90 Los demás 14
3904.50 - Polímeros de cloruro de vinilideno
3904.50.10 Copolímeros de cloruro de vinilideno, sin emulsionante ni plastificante 2
3904.50.90 Los demás 2
- Polímeros fluorados:
3904.61 - - Politetrafluoroetileno
3904.61.10 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 2
3904.61.90 Los demás 2
3904.69 - - Las demás
3904.69.10 Copolímero de fluoruro de vinilideno y hexafluoropropileno 2
3904.69.90 Los demás 2
3904.90.00 - Los demás 14
39.05 Polímeros de acetato de vinilo o de otros ésteres vinílicos, en formas primarias; los demás polímeros vinílicos en formas primarias.
- Poli(acetato de vinilo):
3905.12.00 - - En dispersión acuosa 14
3905.19 - - Las demás
3905.19.10 Con grupos alcohol vinílico, en las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo 14
3905.19.90 Los demás 14
- Copolímeros de acetato de vinilo:
3905.21.00 - - En dispersión acuosa 14
3905.29.00 - - Los demás 14
3905.30.00 - Poli(alcohol vinílico), incluso con grupos acetato sin hidrolizar 2
- Los demás:
3905.91 - - Copolímeros
3905.91.30 De vinilpirrolidona y acetato de vinilo, en solución alcohólica 14
3905.91.90 Los demás 2
3905.99 - - Las demás
3905.99.10 Poli(vinilformal) 2
3905.99.20 Poli(vinilbutiral) 2
3905.99.30 Poli(vinilpirrolidona) iodada 12
3905.99.90 Los demás 2
39.06 Polímeros acrílicos en formas primarias.
3906.10.00 - Poli(metacrilato de metilo) 14
3906.90 - Los demás
3906.90.1 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo, en agua
3906.90.11 Poli(ácido acrílico) y sus sales 14
3906.90.12 Sal sódica del poli(ácido acrilamídico), soluble en agua 14
3906.90.19 Los demás 14
3906.90.2 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo, en disolventes orgánicos
3906.90.21 Poli(ácido acrílico) y sus sales 14
3906.90.22 Copolímero de metacrilato de 2-diisopropilaminoetilo y metacrilato de n-decilo, en suspensión de dimetilacetamida 2
3906.90.29 Los demás 14
3906.90.3 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo, en otros disolventes o sin disolventes
3906.90.31 Poli(ácido acrílico) y sus sales 14
3906.90.32 Sal sódica del poli(ácido acrilamídico), soluble en agua 14
3906.90.39 Los demás 14
3906.90.4 En las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo
3906.90.41 Poli(ácido acrílico) y sus sales 14
3906.90.42 Sal sódica del poli(ácido acrilamídico), soluble en agua 14
3906.90.43 Carboxipolimetileno, en polvo 2
3906.90.44 Poli(acrilato de sodio), con capacidad de absorción de una solución acuosa de cloruro de sodio al 0,9 % en peso, superior o igual a veinte veces su propio peso 2
3906.90.45 Copolímero de poli(acrilato de potasio) y poli(acrilamida), con capacidad de absorción de agua destilada de cuatrocientas veces su propio peso 2
3906.90.46 Copolímeros de acrilato de metilo-etileno con un contenido de acrilato de metilo superior o igual al 50 % en peso 2
3906.90.47 Copolímero de acrilato de etilo, acrilato de n-butilo y acrilato de 2-metoxietilo 2
3906.90.49 Los demás 14
39.07 Poliacetales, los demás poliéteres y resinas epoxi, en formas primarias; policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos y demás poliésteres, en formas primarias.
3907.10 - Poliacetales
3907.10.10 Con carga, en las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3907.10.20 Con carga, en las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo 14
3907.10.3 Sin carga, en las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo
3907.10.31 Polidextrosa 2
3907.10.39 Los demás 14
3907.10.4 Sin carga, en las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo, sin estabilizar
3907.10.41 Polidextrosa 2
3907.10.42 Los demás, en polvo que pase por un tamiz con abertura de malla de 0,85 mm en proporción superior al 80 % en peso 2
3907.10.49 Los demás 2
3907.10.9 Los demás
3907.10.91 En gránulos, con diámetro de partícula superior a 2 mm, según Norma ASTM E 11-70 14
3907.10.99 Los demás 14
3907.20 - Los demás poliéteres
3907.20.1 Poli(óxido de fenileno), incluso modificado con estireno o estireno-acrilonitrilo
3907.20.11 Con carga 14
3907.20.12 Sin carga 2
3907.20.20 Politetrametilenoeterglicol 2
3907.20.3 Polieterpolioles
3907.20.31 Polietilenglicol 400 14
3907.20.39 Los demás 14
3907.20.4 Poli(epiclorhidrina) (PECH) y sus copolímeros
3907.20.41 Poli(epiclorhidrina) 2
3907.20.42 Copolímeros de óxido de etileno 2
3907.20.49 Los demás 14
3907.20.90 Los demás 14
3907.30 - Resinas epoxi
3907.30.1 Con carga
3907.30.11 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3907.30.19 Las demás 14
3907.30.2 Sin carga
3907.30.21 Copolímero de tetrabromo-bisfenol A y epiclorhidrina (resina epoxibromada) 14
3907.30.22 Las demás, en las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3907.30.29 Las demás 14
3907.40 - Policarbonatos
3907.40.10 En las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo, con transmisión de luz de longitud de onda de 550 nm u 800 nm superior al 89 % según Norma ASTM D 1003-00 e índice de fluidez de masa superior o igual a 60 g/10 min pero inferior o igual a 80 g/10 min según Norma ASTM D 1238 2
3907.40.90 Los demás 14
3907.50 - Resinas alcídicas
3907.50.10 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3907.50.90 Las demás 14
- Poli(tereftalato de etileno):
3907.61.00 - - Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g 14
3907.69.00 - - Los demás 14
3907.70.00 - Poli(ácido láctico) 14
- Los demás poliésteres:
3907.91.00 - - No saturados 14
3907.99 - - Las demás
3907.99.1 Poli(tereftalato de butileno)
3907.99.11 Con carga de fibra de vidrio 14
3907.99.12 Los demás, en las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 2
3907.99.19 Los demás 2
3907.99.9 Los demás
3907.99.91 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo 14
3907.99.92 Poli(epsilon caprolactona) 2
3907.99.99 Los demás 14
39.08 Poliamidas en formas primarias.
3908.10 - Poliamidas -6, -11, -12, -6,6, -6,9, -6,10 ó -6,12
3908.10.1 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo
3908.10.11 Poliamida-11 2
3908.10.12 Poliamida-12 2
3908.10.13 Poliamida-6 ó poliamida-6,6, con carga 14
3908.10.14 Poliamida-6 ó poliamida-6,6, sin carga 14
3908.10.19 Las demás 2
3908.10.2 En las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo
3908.10.21 Poliamida-11 2
3908.10.22 Poliamida-12 2
3908.10.23 Poliamida-6 ó poliamida-6,6, con carga 14
3908.10.24 Poliamida-6 ó poliamida-6,6, sin carga 14
3908.10.29 Las demás 2
3908.90 - Las demás
3908.90.10 Copolímero de lauril-lactama 2
3908.90.20 Obtenidas por condensación de ácidos grasos dimerizados o trimerizados con etilenaminas 14
3908.90.90 Las demás 2
39.09 Resinas amínicas, resinas fenólicas y poliuretanos, en formas primarias.
3909.10.00 - Resinas ureicas; resinas de tiourea 14
3909.20 - Resinas melamínicas
3909.20.1 Con carga
3909.20.11 Melamina-formaldehído, en polvo 14
3909.20.19 Las demás 14
3909.20.2 Sin carga
3909.20.21 Melamina-formaldehído, en polvo 14
3909.20.29 Las demás 14
- Las demás resinas amínicas:
3909.31.00 - - Poli(metilenfenilisocianato) (MDI en bruto, MDI polimérico) 14
3909.39.00 - - Las demás 14
3909.40 - Resinas fenólicas
3909.40.1 Liposolubles, puras o modificadas
3909.40.11 Fenol-formaldehído 14
3909.40.19 Las demás 14
3909.40.9 Las demás
3909.40.91 Fenol-formaldehído 14
3909.40.99 Las demás 14
3909.50 - Poliuretanos
3909.50.1 En las formas previstas en la Nota 6 a) de este Capítulo
3909.50.11 Soluciones en disolventes orgánicos 14
3909.50.12 En dispersión acuosa 2
3909.50.19 Los demás 14
3909.50.2 En las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo
3909.50.21 Hidroxilados, con propiedades adhesivas 2
3909.50.29 Los demás 14
3910.00 Siliconas en formas primarias.
3910.00.1 Aceites
3910.00.11 Mezclas de prepolímeros lineales y cíclicos obtenidos por hidrólisis de dimetildiclorosilano, de peso molecular medio inferior o igual a 8.800 2
3910.00.12 Polidimetilsiloxano, polimetilhidrogenosiloxano o mezclas de estos productos, en dispersión 14
3910.00.13 Copolímero de dimetilsiloxano con compuestos vinílicos, de viscosidad superior o igual a 1.000.000 cSt 2
3910.00.19 Los demás 14
3910.00.2 Elastómeros
3910.00.21 De vulcanización en caliente 2
3910.00.29 Los demás 14
3910.00.30 Resinas 14
3910.00.90 Las demás 14
39.11 Resinas de petróleo, resinas de cumarona-indeno, politerpenos, polisulfuros, polisulfonas y demás productos previstos en la Nota 3 de este Capítulo, no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.
3911.10 - Resinas de petróleo, resinas de cumarona, resinas de indeno, resinas de cumarona-indeno y politerpenos
3911.10.10 Con carga 14
3911.10.2 Sin carga
3911.10.21 Resinas de petróleo, parcial o totalmente hidrogenadas, de Color Gardner inferior a 3 2
3911.10.29 Las demás 14
3911.90 - Los demás
3911.90.1 Con carga
3911.90.11 Politerpenos modificados químicamente, excepto con fenoles 14
3911.90.12 Polieterimidas (PEI) y sus copolímeros 2
3911.90.13 Polietersulfonas (PES) y sus copolímeros 2
3911.90.14 Poli (sulfuro de fenileno) 2
3911.90.19 Los demás 14
3911.90.2 Sin carga
3911.90.21 Politerpenos modificados químicamente, excepto con fenoles 14
3911.90.22 Poli(sulfuro de fenileno) 2
3911.90.23 Polietilenaminas 2
3911.90.24 Polieterimidas (PEI) y sus copolímeros 2
3911.90.25 Polietersulfonas (PES) y sus copolímeros 2
3911.90.26 Polisulfonas 2
3911.90.27 Cloruro de hexadimetrina 2
3911.90.29 Los demás 14
39.12 Celulosa y sus derivados químicos, no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.
- Acetatos de celulosa:
3912.11 - - Sin plastificar
3912.11.10 Con carga 8
3912.11.20 Sin carga 2
3912.12.00 - - Plastificados 2
3912.20 - Nitratos de celulosa (incluidos los colodiones)
3912.20.10 Con carga 14
3912.20.2 Sin carga
3912.20.21 En alcohol, con un contenido de no volátiles superior o igual al 65 % en peso 14
3912.20.29 Los demás 14
- Éteres de celulosa:
3912.31 - - Carboximetilcelulosa y sus sales
3912.31.1 Carboximetilcelulosa
3912.31.11 Con un contenido de carboximetilcelulosa superior o igual al 75 % en peso 14
3912.31.19 Las demás 14
3912.31.2 Sales
3912.31.21 Con un contenido de sales superior o igual al 75 % en peso 14
3912.31.29 Las demás 14
3912.39 - - Las demás
3912.39.10 Metil-, etil- y propilcelulosa, hidroxiladas 2
3912.39.20 Otras metilcelulosas 2
3912.39.30 Otras etilcelulosas 2
3912.39.90 Los demás 2
3912.90 - Los demás
3912.90.10 Propionato de celulosa 2
3912.90.20 Acetobutanoato de celulosa 2
3912.90.3 Celulosa microcristalina
3912.90.31 En polvo 14
3912.90.39 Las demás 14
3912.90.40 Otras celulosas, en polvo 14
3912.90.90 Los demás 14
39.13 Polímeros naturales (por ejemplo, ácido algínico) y polímeros naturales modificados (por ejemplo: proteínas endurecidas, derivados químicos del caucho natural), no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.
3913.10.00 - Ácido algínico, sus sales y sus ésteres 2
3913.90 - Los demás
3913.90.1 Derivados químicos del caucho natural
3913.90.11 Caucho clorado o clorhidratado, en las formas previstas en la Nota 6 b) de este Capítulo 2
3913.90.12 Caucho clorado, en otras formas 2
3913.90.19 Los demás 2
3913.90.20 Goma xantana 2
3913.90.30 Dextrano 2
3913.90.40 Proteínas endurecidas 2
3913.90.50 Quitosan («Chitosan»), sus sales o sus derivados 14
3913.90.60 Sulfato de condroitina y sus sales 14
3913.90.90 Los demás 2
3914.00 Intercambiadores de iones a base de polímeros de las partidas 39.01 a 39.13, en formas primarias.
3914.00.1 De poliestireno y sus copolímeros
3914.00.11 De copolímeros de estireno-divinilbenceno, sulfonados 2
3914.00.19 Los demás 2
3914.00.90 Los demás 2
II.- DESECHOS, DESPERDICIOS Y RECORTES; SEMIMANUFACTURAS; MANUFACTURAS
39.15 Desechos, desperdicios y recortes, de plástico.
3915.10.00 - De polímeros de etileno 14
3915.20.00 - De polímeros de estireno 14
3915.30.00 - De polímeros de cloruro de vinilo 14
3915.90.00 - De los demás plásticos 14
39.16 Monofilamentos cuya mayor dimensión del corte transversal sea superior a 1 mm, barras, varillas y perfiles, incluso trabajados en la superficie pero sin otra labor, de plástico.
3916.10.00 - De polímeros de etileno 16
3916.20.00 - De polímeros de cloruro de vinilo 16
3916.90 - De los demás plásticos
3916.90.10 Monofilamentos 16
3916.90.90 Los demás 16
39.17 Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: juntas, codos, empalmes (racores)), de plástico.
3917.10 - Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de plásticos celulósicos
3917.10.10 De proteínas endurecidas 2
3917.10.2 De plásticos celulósicos
3917.10.21 Fibrosas, de celulosa regenerada, de diámetro superior o igual a 150 mm 2
3917.10.29 Las demás 16
- Tubos rígidos:
3917.21.00 - - De polímeros de etileno 16
3917.22.00 - - De polímeros de propileno 16
3917.23.00 - - De polímeros de cloruro de vinilo 16
3917.29.00 - - De los demás plásticos 16
- Los demás tubos:
3917.31.00 - - Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27,6 MPa 16
3917.32 - - Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, sin accesorios
3917.32.10 De copolímeros de etileno 16
3917.32.2 De polipropileno
3917.32.21 Tubos capilares, semipermeables, aptos para hemodiálisis o para oxigenación sanguínea 2
3917.32.29 Los demás 16
3917.32.30 De poli(tereftalato de etileno) 16
3917.32.40 De siliconas 16
3917.32.5 De celulosa regenerada
3917.32.51 Tubos capilares, semipermeables, aptos para hemodiálisis 2
3917.32.59 Los demás 16
3917.32.90 Los demás 16
3917.33.00 - - Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, con accesorios 16
3917.39.00 - - Los demás 16
3917.40 - Accesorios
3917.40.10 De los tipos utilizados en líneas de sangre para hemodiálisis 0
3917.40.90 Los demás 16
39.18 Revestimientos de plástico para suelos, incluso autoadhesivos, en rollos o losetas; revestimientos de plástico para paredes o techos, definidos en la Nota 9 de este Capítulo.
3918.10.00 - De polímeros de cloruro de vinilo 16
3918.90.00 - De los demás plásticos 16
39.19 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos.
3919.10.00 - En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm 16
3919.90.00 - Las demás 16
39.20 Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias.
3920.10 - De polímeros de etileno
3920.10.10 De densidad superior o igual a 0,94, espesor inferior o igual a 19 micrómetros, en rollos de anchura inferior o igual a 66 cm 2
3920.10.9 Las demás
3920.10.91 De densidad inferior a 0,94, con aceite de parafina y carga (sílice y negro de humo), presentando nervaduras paralelas entre sí, con una resistencia eléctrica superior o igual a 0,030 ohms.cm2 pero inferior o igual a 0,120 ohms.cm2, en rollos, de los tipos utilizados para la fabricación de separadores de acumuladores eléctricos 2
3920.10.99 Las demás 16
3920.20 - De polímeros de propileno
3920.20.1 Biaxialmente orientados
3920.20.11 De anchura inferior o igual a 12,5 cm y espesor inferior o igual a 10 micrómetros, metalizadas 2
3920.20.12 De anchura inferior o igual a 50 cm y espesor inferior o igual a 25 micrómetros, con una o ambas caras rugosas de rugosidad relativa (relación entre el espesor medio y el máximo) superior o igual al 6 %, de rigidez dieléctrica superior o igual a 500 V/micrómetro (Norma ASTM D 3755-97), en rollos 2
3920.20.19 Las demás 16
3920.20.90 Las demás 16
3920.30.00 - De polímeros de estireno 16
- De polímeros de cloruro de vinilo:
3920.43 - - Con un contenido de plastificantes superior o igual al 6 % en peso
3920.43.10 De poli(cloruro de vinilo), transparentes, termocontraíbles, de espesor inferior o igual a 250 micrómetros 16
3920.43.90 Las demás 16
3920.49.00 - - Las demás 16
- De polímeros acrílicos:
3920.51.00 - - De poli(metacrilato de metilo) 16
3920.59.00 - - Las demás 16
- De policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos o demás poliésteres:
3920.61.00 - - De policarbonatos 16
3920.62 - - De poli(tereftalato de etileno)
3920.62.1 De espesor inferior o igual a 40 micrómetros
3920.62.11 De espesor inferior a 5 micrómetros 2
3920.62.19 Las demás 16
3920.62.9 Las demás
3920.62.91 De anchura superior a 12 cm, sin trabajar en la superficie 16
3920.62.99 Las demás 16
3920.63.00 - - De poliésteres no saturados 16
3920.69.00 - - De los demás poliésteres 16
- De celulosa o de sus derivados químicos:
3920.71.00 - - De celulosa regenerada 16
3920.73 - - De acetato de celulosa
3920.73.10 De espesor inferior o igual a 0,75 mm 16
3920.73.90 Las demás 16
3920.79 - - De los demás derivados de la celulosa
3920.79.10 De fibra vulcanizada, de espesor inferior o igual a 1 mm 2
3920.79.90 Las demás 16
- De los demás plásticos:
3920.91.00 - - De poli(vinilbutiral) 16
3920.92.00 - - De poliamidas 16
3920.93.00 - - De resinas amínicas 16
3920.94.00 - - De resinas fenólicas 16
3920.99 - - De los demás plásticos
3920.99.10 De siliconas 16
3920.99.20 De poli(alcohol vinílico) 16
3920.99.30 De polímeros de fluoruro de vinilo 2
3920.99.40 De poliimidas 2
3920.99.50 De poli(clorotrifluoroetileno) 2
3920.99.90 Las demás 16
39.21 Las demás placas, láminas, hojas y tiras, de plástico.
- Productos celulares:
3921.11.00 - - De polímeros de estireno 16
3921.12.00 - - De polímeros de cloruro de vinilo 16
3921.13 - - De poliuretanos
3921.13.10 Con base poliéster, de células abiertas, con un número de poros por decímetro lineal superior o igual a 24 pero inferior o igual a 157 (6 a 40 poros por pulgada lineal), con resistencia a la compresión 50 % (RC50) superior o igual a 3,0 kPa pero inferior o igual a 6,0 kPa 2
3921.13.90 Las demás 16
3921.14.00 - - De celulosa regenerada 16
3921.19.00 - - De los demás plásticos 16
3921.90 - Las demás
3921.90.1 Estratificadas, reforzadas o con soporte
3921.90.11 De resina melamina-formaldehído 16
3921.90.12 De polietileno, con refuerzo de napas de fibras de polietileno paralelizadas, superpuestas entre sí en ángulo de 90º e impregnadas con resinas 2
3921.90.19 Las demás 16
3921.90.20 De poli(tereftalato de etileno), con capa antiestática a base de gelatina o látex, en ambas caras, incluso con halogenuros de potasio 2
3921.90.90 Las demás 16
39.22 Bañeras, duchas, fregaderos, lavabos, bidés, inodoros y sus asientos y tapas, cisternas (depósitos de agua) para inodoros y artículos sanitarios e higiénicos similares, de plástico.
3922.10.00 - Bañeras, duchas, fregaderos y lavabos 18
3922.20.00 - Asientos y tapas de inodoros 18
3922.90.00 - Los demás 18
39.23 Artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico.
3923.10 - Cajas, cajones, jaulas y artículos similares
3923.10.10 Estuches de plástico, de los tipos utilizados para acondicionar discos para sistemas de lectura por rayos láser 18
3923.10.90 Los demás 18
- Sacos (bolsas), bolsitas y cucuruchos:
3923.21 - - De polímeros de etileno
3923.21.10 De capacidad inferior o igual a 1.000 cm3 18
3923.21.90 Los demás 18
3923.29 - - De los demás plásticos
3923.29.10 De capacidad inferior o igual a 1.000 cm3 18
3923.29.90 Los demás 18
3923.30.00 - Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares 18
3923.40.00 - Bobinas, carretes, canillas y soportes similares 18
3923.50.00 - Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre 18
3923.90.00 - Los demás 18
39.24 Vajilla, artículos de cocina o de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico.
3924.10.00 - Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina 18
3924.90.00 - Los demás 18
39.25 Artículos para la construcción, de plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte.
3925.10.00 - Depósitos, cisternas, cubas y recipientes análogos, de capacidad superior a 300 l 18
3925.20.00 - Puertas, ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales 18
3925.30.00 - Contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes 18
3925.90 - Los demás
3925.90.10 De poliestireno expandido (EPS) 18
3925.90.90 Los demás 18
39.26 Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 39.01 a 39.14.
3926.10.00 - Artículos para oficina y artículos escolares 18
3926.20.00 - Prendas y complementos (accesorios), de vestir, incluidos los guantes, mitones y manoplas 18
3926.30.00 - Guarniciones para muebles, carrocerías o similares 18
3926.40.00 - Estatuillas y demás artículos de adorno 18
3926.90 - Las demás
3926.90.10 Arandelas 18
3926.90.2 Correas para transmisión y correas transportadoras
3926.90.21 Para transmisión 18
3926.90.22 Transportadoras 18
3926.90.30 Bolsas para uso en medicina (hemodiálisis y usos similares) 0
3926.90.40 Artículos de laboratorio o farmacia 18
3926.90.50 Accesorios de los tipos utilizados en líneas de sangre para hemodiálisis, tales como: obturadores, incluidos los regulables (clamps), clipes y similares 0
3926.90.6 Anillos de sección transversal circular («O-rings»)
3926.90.61 De tetrafluoroetileno y éter perfluorometilvinilo 2
3926.90.69 Los demás 18
3926.90.90 Las demás 18