Capítulo 12
Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje

Notas.

1. La nuez y la almendra de palma, las semillas de algodón, ricino, sésamo (ajonjolí), mostaza, cártamo, amapola (adormidera) y «karité», entre otras, se consideran semillas oleaginosas de la partida 12.07. Por el contrario, se excluyen de dicha partida los productos de las partidas 08.01 ó 08.02, así como las aceitunas (Capítulos 7 ó 20).
2. La partida 12.08 comprende no solo la harina sin desgrasar, sino también la desgrasada parcialmente o la que ha sido desgrasada y después total o parcialmente reengrasada con su propio aceite. Por el contrario, se excluyen los residuos de las partidas 23.04 a 23.06.
3. Las semillas de remolacha, las pratenses (de prados), las de flores ornamentales, de hortalizas, de árboles forestales o frutales, de vezas (excepto las de la especie Vicia faba) o de altramuces, se consideran semillas para siembra de la partida 12.09.
Por el contrario, se excluyen de esta partida, aunque se destinen a la siembra:
a) las hortalizas de vaina y el maíz dulce (Capítulo 7);
b) las especias y demás productos del Capítulo 9;
c) los cereales (Capítulo 10);
d) los productos de las partidas 12.01 a 12.07 o de la partida 12.11.
4. La partida 12.11 comprende, entre otras, las plantas y partes de plantas de las especies siguientes: albahaca, borraja, ginseng, hisopo, regaliz, diversas especies de menta, romero, ruda, salvia y ajenjo.
Por el contrario, se excluyen:
a) los productos farmacéuticos del Capítulo 30;
b) las preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética del Capítulo 33;
c) los insecticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes y productos similares de la partida 38.08.
5. En la partida 12.12, el término algas no comprende:
a) los microorganismos monocelulares muertos de la partida 21.02;
b) los cultivos de microorganismos de la partida 30.02;
c) los abonos de las partidas 31.01 ó 31.05.

Nota de subpartida.

1. En la subpartida 1205.10, se entiende por semillas de nabo (nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico las semillas de nabo (nabina) o de colza de las que se obtiene un aceite fijo el cual tiene un contenido de ácido erúcico inferior al 2 % en peso y un componente sólido cuyo contenido de glucosinolatos es inferior a 30 micromoles por gramo.

NCM Descripción AEC
12.01 Habas (porotos, frijoles, fréjoles)* de soja (soya), incluso quebrantadas.
1201.10.00 - Para siembra 0
1201.90.00 - Las demás 8
12.02 Maníes (cacahuetes, cacahuates)* sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados.
1202.30.00 - Para siembra 0
- Los demás:
1202.41.00 - - Con cáscara 8
1202.42.00 - - Sin cáscara, incluso quebrantados 10
1203.00.00 Copra. 8
1204.00 Semillas de lino, incluso quebrantadas.
1204.00.10 Para siembra 0
1204.00.90 Las demás 8
12.05 Semillas de nabo (nabina) o de colza, incluso quebrantadas.
1205.10 - Semillas de nabo (nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico
1205.10.10 Para siembra 0
1205.10.90 Las demás 8
1205.90 - Las demás
1205.90.10 Para siembra 0
1205.90.90 Las demás 8
1206.00 Semillas de girasol, incluso quebrantadas.
1206.00.10 Para siembra 0
1206.00.90 Las demás 8
12.07 Las demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantados.
1207.10 - Nueces y almendras de palma
1207.10.10 Para siembra 0
1207.10.90 Las demás 8
- Semillas de algodón:
1207.21.00 - - Para siembra 0
1207.29.00 - - Las demás 8
1207.30 - Semillas de ricino
1207.30.10 Para siembra 0
1207.30.90 Las demás 8
1207.40 - Semillas de sésamo (ajonjolí)
1207.40.10 Para siembra 0
1207.40.90 Las demás 8
1207.50 - Semillas de mostaza
1207.50.10 Para siembra 0
1207.50.90 Las demás 8
1207.60 - Semillas de cártamo (Carthamus tinctorius)
1207.60.10 Para siembra 0
1207.60.90 Las demás 8
1207.70 - Semillas de melón
1207.70.10 Para siembra 0
1207.70.90 Las demás 8
- Los demás:
1207.91 - - Semillas de amapola (adormidera)
1207.91.10 Para siembra 0
1207.91.90 Las demás 8
1207.99 - - Las demás
1207.99.10 Para siembra 0
1207.99.90 Los demás 8
12.08 Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza.
1208.10.00 - De habas (porotos, frijoles, fréjoles)* de soja (soya) 10
1208.90.00 - Las demás 10
12.09 Semillas, frutos y esporas, para siembra.
1209.10.00 - Semillas de remolacha azucarera 0
- Semillas forrajeras:
1209.21.00 - - De alfalfa 0
1209.22.00 - - De trébol (Trifolium spp.) 0
1209.23.00 - - De festucas 0
1209.24.00 - - De pasto azul de Kentucky (Poa pratensis L.) 0
1209.25.00 - - De ballico (Lolium multiflorum Lam., Lolium perenne L.) 0
1209.29.00 - - Las demás 0
1209.30.00 - Semillas de plantas herbáceas utilizadas principalmente por sus flores 0
- Los demás:
1209.91.00 - - Semillas de hortalizas 0
1209.99.00 - - Los demás 0
12.10 Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets»; lupulino.
1210.10.00 - Conos de lúpulo sin triturar ni moler ni en «pellets» 8
1210.20 - Conos de lúpulo triturados, molidos o en «pellets»; lupulino
1210.20.10 Conos de lúpulo 8
1210.20.20 Lupulino 8
12.11 Plantas, partes de plantas, semillas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso cortados, quebrantados o pulverizados.
1211.20.00 - Raíces de ginseng 8
1211.30.00 - Hojas de coca 8
1211.40.00 - Paja de adormidera 8
1211.50.00 - Efedra 8
1211.90 - Los demás
1211.90.10 Orégano (Origanum vulgare) 8
1211.90.90 Los demás 8
12.12 Algarrobas, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar, frescas, refrigeradas, congeladas o secas, incluso pulverizadas; carozos (huesos)* y almendras de frutos y demás productos vegetales (incluidas las raíces de achicoria sin tostar de la variedad Cichorium intybus sativum) empleados principalmente en la alimentación humana, no expresados ni comprendidos en otra parte.
- Algas:
1212.21.00 - - Aptas para la alimentación humana 6
1212.29.00 - - Las demás 6
- Los demás:
1212.91.00 - - Remolacha azucarera 8
1212.92.00 - - Algarrobas 8
1212.93.00 - - Caña de azúcar 8
1212.94.00 - - Raíces de achicoria 8
1212.99 - - Las demás
1212.99.10 Stevia rebaudiana («Ka'a He'e») 8
1212.99.90 Los demás 8
1213.00.00 Paja y cascabillo de cereales, en bruto, incluso picados, molidos, prensados o en «pellets». 8
12.14 Nabos forrajeros, remolachas forrajeras, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, vezas y productos forrajeros similares, incluso en «pellets».
1214.10.00 - Harina y «pellets» de alfalfa 8
1214.90.00 - Los demás 8